Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2011 (06/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, lunes 6 de junio de 2011

NORMAS LEGALES
SENTIDO EJE UBICACION AC AV. CANADA AV. SAN MORDAZA (Av. Canada ­ Av. Angamos Este) AV. MAYOR MORDAZA BAILETTI AV. MORDAZA MORDAZA ESTE AV. DE LAS ARTES NORTE AV. SAN MORDAZA NORTE JR. FRAY MORDAZA CA. MORDAZA MONTEVERDI AV. SAN MORDAZA SUR JR. MORDAZA MORDAZA SCHUBERT JR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA AV. MORDAZA MORDAZA CA. MORDAZA LEYENDA AC MC DC MORDAZA del cruce Mitad de Cuadra Despues del Cruce 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 N-S DC

444003

Que, el inciso 201.1 del articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, establece que: "Los errores material o aritmeticos en los casos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o instancia de parte de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decision"; Que, el inciso 201.2 del articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, establece que: "La rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original"; Que, la Ordenanza Nº 1338-MML, en el numeral 31 del articulo 5Aº define al Paradero de Transporte Regular como "el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o senalizacion, localizado en las vias que forman parte del recorrido autorizado de una determinada ruta, utilizada para el embarque y desembarque de pasajeros"; Que, el articulo 100º de la Ordenanza Nº 812-MML (Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima), establece: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte regular y no regular de MORDAZA y viabilidad para la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del articulo 103º de la Ordenanza Nº 812-MML, establece que:"Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulacion de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte publico regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ambito de la provincia de Lima"; Que, la potestad de rectificacion tiene por objeto un acto preexistente, esto es, el acto que ha de ser rectificado por adolecer de algun error material, esta correccion debe llevarse a cabo mediante una nueva actuacion de la Administracion mediante una declaracion formal que ha incurrido en un error material que se va corregir en concordancia con el inciso 201.1, 201.2 del articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; Que, de acuerdo al Informe Nº 273-2011-MML/GTUSETT de fecha 12 de MORDAZA de 2011, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, senala que efectivamente se ha incurrido en error material involuntario al haber consignado en el cuadro de paraderos de transporte publico en la Resolucion Nº 7649-2010-MML/GTU-SRT, de fecha 07 de diciembre de 2010, la informacion del cuadro Nº 2 Paraderos Propuestos, debiendo ser la informacion del cuadro Nº 3 Paraderos Propuestos Modificados, como propuesta final de paraderos de transporte regular en la Av. San MORDAZA tramo Av. Canada - Av. Angamos Este del Informe Nº 12162010-MML/GTU-SETT de fecha 22 de diciembre de 2010, por lo que recomienda la modificacion de la referida resolucion de acuerdo al cuadro Nº 3; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por lo expuesto y de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; la Ordenanza Nº 1338-MML; la Ordenanza Nº 812-MML; y demas normas vigentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECTIFICAR EL ERROR al emitirse la Resolucion de Subgerencia Nº 7649-2010-MML/GTUSRT de fecha 07 de diciembre de 2010, de la manera siguiente:

S-N AC 1 1 1 1 1 DC

Articulo 2º.- El Paradero Autorizado sera de MORDAZA universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 3º.- Los Paraderos Autorizados podran ser identificados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, ademas por el mobiliario MORDAZA (modulo), en cada una de las vias senaladas en la presente resolucion. Articulo 4º.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 5º.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados. Articulo 6º.- Encargar a la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA los trabajos de mantenimiento y senalizacion de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Articulo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion del Transporte, la supervision y fiscalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion, en coordinacion con la Policia Nacional del Peru encargada del control del MORDAZA de acuerdo a su competencia y facultades, de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que estos MORDAZA debidamente senalizados. Articulo 8º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la pagina Web de la Gerencia de Transporte MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 9º.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se contraponga a la presente Resolucion. Articulo 10º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA J. MORDAZA CUYA Subgerente Subgerencia de Regulacion del Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA 649283-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.