Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2011 (06/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 6 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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de autorizacion no se encuentra incursa en causal que amerite declarar su nulidad; Que, segun el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion por television en VHF, para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 269-2004-MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 923-2007MTC/03, ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 7462008-MTC/03, modificado con Resolucion Viceministerial Nº 221-2011-MTC/03 se observa que dentro de la localidad denominada Puerto MORDAZA, se incluye al distrito y provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Viceministerial Nº 459-2007-MTC/03; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1963-2011MTC/28, opina que, en virtud al silencio administrativo positivo, al 05 de enero de 2010 quedo aprobada la solicitud de renovacion de autorizacion otorgada a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, por Resolucion Viceministerial Nº 459-2007-MTC/03, considerando que debe expedirse la resolucion respectiva en donde se incluya el plazo de su vigencia; De conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 05 de enero de 2010, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 459-2007-MTC/03, a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, para que continue prestando el servicio de radiodifusion por television educativa en VHF, en la localidad de Puerto MORDAZA, departamento de MORDAZA de Dios. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 4592007-MTC/03, en consecuencia, vencera el 17 de MORDAZA de 2018. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 647240-1

Declaran aprobada renovacion de autorizaciones otorgadas a Corporacion Radial del Peru S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en diversas localidades
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 501-2011-MTC/03 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2011 VISTAS, las solicitudes sobre renovacion de autorizaciones otorgadas a CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. para prestar servicios de radiodifusion en diversas localidades a nivel nacional. CONSIDERANDO: Que, CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. es titular de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en las localidades, bandas de frecuencia y plazos detallados en el Anexo de la presente resolucion; Que, mediante los escritos consignados en el citado Anexo se solicito la renovacion de las autorizaciones otorgadas a CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C.; Que, el articulo 117º del entonces vigente Texto Unico Ordenado (TUO) del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0272004-MTC, aplicable en virtud a la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que las solicitudes de renovacion no tienen el beneficio del silencio administrativo positivo, estableciendo que los interesados una vez vencidos los plazos respectivos pueden tener por denegadas sus peticiones o esperar el pronunciamiento del Ministerio; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 se modifico el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendo que el procedimiento de renovacion para los servicios de radiodifusion es uno sujeto al silencio administrativo positivo, disposicion que beneficia a la administrada y que por tanto debe serle aplicable en virtud a lo dispuesto en el articulo 4º de la citada Resolucion Ministerial y la Ley del Silencio Administrativo - Ley Nº 29060; Que, toda vez que ha transcurrido el plazo para que la Administracion MORDAZA emitido un pronunciamiento valido, se considera que al 04 de enero de 2008, fecha en que entro en vigencia la Ley del Silencio Administrativo, se produjo la aprobacion de las solicitudes de renovacion en virtud al silencio administrativo positivo; Que, conforme a los articulos 200º, 201º y 204º del entonces TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, la renovacion de las autorizaciones es automatica, previa solicitud del titular dentro del plazo de ley, segun sus propios terminos y condiciones, previo cumplimiento de las condiciones legales; Que, el articulo 205º del entonces TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que la renovacion de la autorizacion se sujeta al cumplimiento de todos los pagos de los derechos, tasa anual, canon anual y demas conceptos que se adeuden al Ministerio vinculados a telecomunicaciones; de otro lado, la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, dispone que es necesaria la MORDAZA del Proyecto de Comunicacion para las solicitudes de renovacion tramitadas MORDAZA de la vigencia de la Ley de Radio y Television; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 8052007-MTC/03 del 19 de octubre del 2007, se declaro aprobada la transferencia de las autorizaciones detalladas en el Anexo de la presente resolucion a favor de CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C.; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, con Informe Nº 1925-2011-MTC/28, concluye que ha quedado aprobada, por silencio administrativo positivo, la renovacion de las autorizaciones detalladas en el Anexo de la presente resolucion

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