Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2011 (13/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 13 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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debe ser sometido al procedimiento pertinente para su aprobacion por parte del Consejo Regional. Que, mediante Dictamen Nº 002-2010-GOREMAD/ CAMAYA, la Comision Agraria, Medio Ambiente y Amazonia del Consejo Regional, conforme al analisis efectuado al Proyecto en mencion, propone y recomienda al pleno del Consejo Regional su debate y aprobacion correspondiente; Que, el Consejo Regional en Pleno, en Sesion Ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, han considerado necesario aprobar el Dictamen que sustenta el proyecto de ordenanza referido. Que, el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- CREAR, la Comision Ambiental Regional (CAR) de la Region de MORDAZA de MORDAZA, en atencion al Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; constituyendose, como la instancia de gestion ambiental, encargada de coordinar y concertar la politica ambiental regional, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico, privado y sociedad civil, articulando sus politicas ambientales con el Ministerio del Ambiente. Articulo Segundo.- CONFORMAR, la Comision Ambiental Regional (CAR), creada mediante el presente, segun el siguiente detalle: · El Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, quien lo presidira. · Un representante del Ministerio del Ambiente ­ MORDAZA de Dios. · El Gobernador Departamental de MORDAZA de Dios. · El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Tambopata. · El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Tahuamanu. · Un representante de la Direccion Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos. · Un representante de la Direccion Regional de la Produccion. · Un representante de la Direccion Regional de Agricultura. · Un representante de la Direccion Regional de Salud. · Un representante de la Direccion Regional de Educacion. · Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo. · Un representante de la Defensoria del Pueblo. · Un representante de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de Dios. · Un representante de la Fiscalia Especializada en Materia Ambiental · Un representante de la Administracion Local del Agua ­ Maldonado. · Un representante del Proyecto Especial MORDAZA de Dios. · Un representante del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana. · Un representante de la Programa Regional de Manejo Forestal y Fauna Silvestre. · Un representante del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP). · Un representante del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre. (OSINFOR) · Un representante del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (OSINERGMIN) · Un representante de las ONGs, que operan en la Region · Un representante de la Capitania de Guardacostas Fluvial de Puerto Maldonado. · Un representante de la Policia Nacional del Peru Division de Turismo y Proteccion del Ambiente MORDAZA de Dios. · Un representante de la Federacion MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA

· Un representante de la Federacion Agraria Departamental de MORDAZA de MORDAZA · Otros que MORDAZA invitados por la CAR en el MORDAZA de sus funciones, competencias y/o especialidad. Articulo Tercero.- APROBAR, las funciones generales y especificas de la Comision Ambiental Regional de la Region de MORDAZA de Dios. Funciones Generales. a. Constituirse en la instancia de coordinacion y concentracion de la politica ambiental regional y actuar en coordinacion con el Gobierno Regional para la implementacion del Sistema Regional de Gestion Ambiental. b. Elaborar de manera participativa los instrumentos de Gestion Ambiental; diagnostico, plan y agenda ambiental regional, a traves de las comisiones tecnicas especializadas, para su aprobacion por el Gobierno Regional. c. Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes sobre la base de una vision compartida. d. Elaborar las propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales. e. Facilitar el tratamiento apropiado para la solucion de conflictos ambientales. f. Contribuir al desarrollo de los Sistemas Locales de Gestion Ambiental. g. Tomar en cuenta las recomendaciones y normas emitidas por el Ministerio del Ambiente y por el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para orientar y facilitar el desenvolvimiento y la adecuada gestion ambiental de la region. Funciones Especificas. a. Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participacion coordinados con los integrantes de la CAR, sobre la gestion ambiental, de conformidad con el plan de accion y la agenda ambiental. b. Conformar las comisiones tecnicas especializadas para la formulacion de instrumentos de gestion ambiental. c. Formular los lineamientos de la politica ambiental regional, asi como proyectos de ordenanzas y otras normas regionales para aportar al desarrollo sostenible de la Region de MORDAZA de MORDAZA, acordes con las politicas nacionales. d. Velar por el cumplimiento de las politicas, normas y demas obligaciones ambientales en el ambito de la jurisdiccion de la Region de MORDAZA de MORDAZA, generando mecanismos de participacion ciudadana y al acceso de informacion en gestion ambiental. e. Proponer el presupuesto economico regional para las iniciativas de proyectos en materia ambiental, de acuerdo al plan de accion ambiental regional aprobado. Articulo Cuarto.- ESTABLECER, que la Comision Ambiental Regional (CAR), representa a las instituciones publicas y privadas con responsabilidad, competencia e interes en la problematica ambiental en la Region de MORDAZA de Dios. Articulo Quinto.- DISPONER, que las instituciones miembros de la CAR, deberan ser representados por el titular de la entidad y designar un representante alterno mediante comunicacion escrita, la misma que debera ser suscrita por el directivo del mas alto nivel de la entidad. Articulo Sexto.- DISPONER, que la aprobacion de instrumentos de gestion ambiental regional, debe contar con la opinion favorable de la Comision Ambiental Regional, sin perjuicio de la intervencion de las instituciones publicas, privadas y organos de base representativos de la sociedad civil. Los instrumentos de Gestion Ambiental Regional, deben guardar estricta concordancia con la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM. Articulo Septimo.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el

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