Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2011 (16/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de junio de 2011

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 29708
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL ACUERDO SOBRE TRANSPORTE AEREO ENTRE LA REPUBLICA DE PANAMA Y LA REPUBLICA DEL PERU, Y SU ENMIENDA
Articulo unico. Objeto de la Resolucion Legislativa Apruebase el Acuerdo sobre Transporte Aereo entre la Republica de Panama y la Republica del Peru, suscrito el 8 de setiembre de 2003, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y su Enmienda, suscrita el 26 de agosto de 2010, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los catorce dias del mes de junio de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE HORNUNG MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 15 de junio de 2011. Cumplase, registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

Plan Integral de Reparaciones - PIR, el cual contiene entre otros aspectos, los criterios necesarios para la ejecucion de los Programas de Reparaciones establecidos por dicha Ley; Que, resulta necesario precisar el plazo en que concluye el MORDAZA de determinacion e identificacion de los beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, establecido en el articulo 41° del Reglamento de la Ley N° 28592, aprobado por Decreto Supremo No. 015-2006-JUS; Que, al contar con Lineamientos y Metodologias para la determinacion de los montos, procedimientos y modalidades de pago que deberan regir para el Programa de Reparaciones Economicas disenados por la Comision Tecnica Multisectorial creada con Resolucion Suprema N° 171-2010-PCM, habiendose creado una meta presupuestal para este Programa con una asignacion de presupuesto para el ejercicio fiscal 2011, resulta pertinente dar inicio al MORDAZA de implementacion del Programa de Reparaciones Economicas, debiendo dejar sin efecto la condicionalidad que, para el otorgamiento de las reparaciones economicas, establece el articulo 37° y la Tercera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 28592, aprobado por Decreto Supremo No. 015-2006-JUS; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28592 - Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Conclusion del periodo de determinacion e identificacion de los beneficiarios del programa de reparaciones economicas El MORDAZA de determinacion e identificacion de los beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas, previsto por el articulo 41º del Reglamento de la Ley Nº 28592 ­ Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, concluira el 31 de diciembre de 2011, fecha en que se procedera a su cierre. Articulo 2º.- Oportunidad para el otorgamiento de las reparaciones economicas Modifiquense el articulo 37°, el primer parrafo del articulo 42º y el MORDAZA parrafo de la Tercera Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 28592 ­ Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, e incorporese el inciso e) a su articulo 42º, de acuerdo al siguiente texto: «Articulo 37°.- Programa de Reparacion Economica El objetivo de este programa es otorgar una reparacion economica a las victimas a que se hace referencia en el articulo siguiente. El otorgamiento de dichas reparaciones se efectuara gradual y progresivamente una vez se aprueben, mediante Resolucion Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros, los procedimientos y modalidades de pago que deberan regir para el Programa de Reparaciones Economicas. Articulo 42°.- MORDAZA de informacion para determinar e identificar a los beneficiarios del programa de reparaciones economicas La determinacion e identificacion de los beneficiarios de este programa sera realizada tomando como referencia la informacion contenida, a la fecha de publicacion del actual Reglamento, en los registros que a continuacion se detallan: (...) e) Los listados de casos comprendidos en los numerales c) y d) del Comunicado de Prensa Conjunto de 22 de febrero de 2001, suscrito entre el Estado peruano y la Comision Interamericana de Derechos Humanos. Tercera Disposicion Complementaria y Final (...) El Informe Tecnico servira como base para determinar el monto del beneficio economico, asi como para el otorgamiento de las reparaciones economicas, situacion que tendra lugar cuando se hayan aprobado, mediante Resolucion Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros, los procedimientos y modalidades de pago que deberan regir para el Programa de Reparaciones

653996-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que establece el plazo de conclusion del MORDAZA de determinacion e identificacion de los beneficiarios del Programa de Reparaciones Economicas y la oportunidad de otorgamiento de las reparaciones economicas
DECRETO SUPREMO N° 051-2011-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28592 que crea el

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