Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2011 (16/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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Economicas, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos de la MORDAZA fiscal.» Articulo 3°.- Del monto de la reparacion 3.1. El monto de reparacion economica ascendera a S/. 10 000 (diez mil y 00/100 nuevos soles) por victima desaparecida, o por victima fallecida, o por victima de violacion sexual o por victima con discapacidad conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 28592 Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS. 3.2. Cuando el conyuge o concubino sobreviviente concurra con otros familiares de las victimas desaparecidas o fallecidas, el 50% correspondera al conyuge o concubino y el otro 50% se distribuira en partes iguales entre los familiares. Se consideran familiares de las victimas desaparecidas o fallecidas aquellas senaladas en el inciso a) del articulo 6º de la Ley No. 28592 ­ Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones. Articulo 4º.- Financiamiento El financiamiento de lo dispuesto por el presente decreto supremo se sujeta al presupuesto institucional del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, conforme a lo dispuesto por el articulo 43º del Reglamento de la Ley Nº 28592 ­ Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS. Articulo 5º.­ Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia, el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social.

Vistos, los Oficios Nºs. 045 y 052-2011-1ra.VPR/LAGR, del Primer Vicepresidente de la Republica y el Oficio RE(DAO) Nº 1-2-B/10, del Director General de MORDAZA y Oceania del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, el Primer Vicepresidente de la Republica asistira a diversas reuniones con distintas autoridades y entidades del Japon entre el 24 y el 26 de junio de 2011, lo cual contribuira al fortalecimiento de los vinculos de amistad entre ambos paises; Que, los gastos por concepto de viaticos seran asumidos por la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Primer Vicepresidente de la Republica, Vicealmirante (r) MORDAZA MORDAZA Giampietri MORDAZA, a la MORDAZA de Tokyo, Japon, del 21 al 28 de junio de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos: US$ 1 300,00

UNICA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
La primera etapa de ejecucion del Programa de Reparaciones Economicas se inicia en el presente ano fiscal con la entrega de reparaciones a los beneficiarios inscritos en el Registro Unico de Victimas conforme a lo establecido en el articulo 40° del Reglamento de la Ley Nº 28592 ­ Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, que cumplan las siguientes condiciones: - Ser conyuges o concubinos de la victima muerta o desaparecida, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA tengan 65 anos o mas, de acuerdo a la disposicion presupuestal y a los procedimientos a que se hace mencion en el articulo 37° del Reglamento de la Ley N° 28592. - Ser padres de la victima muerta o desaparecida, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA tengan 80 anos o mas, que no cuenten con soporte familiar. - Ser victimas de violacion sexual o victimas con discapacidad como resultado de la violencia sufrida, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA tengan 65 anos o mas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el Primer Vicepresidente de la Republica debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia

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Designan representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua, quien lo presidira
RESOLUCION SUPREMA Nº 155-2011-PCM
MORDAZA, 15 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, se creo el Sistema Nacional de Gestion de los Recursos Hidricos con el objeto de articular el accionar del Estado, para conducir los procesos de gestion integrada y de conservacion de los recursos hidricos en los ambitos de cuencas, de los ecosistemas que lo conforman y de los bienes asociados; asi como para establecer espacios de concertacion y coordinacion entre las entidades de la administracion publica y los actores involucrados en dicha gestion; Que, el articulo 14º de la citada Ley establece que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la MORDAZA autoridad tecnica normativa del Sistema Nacional de Gestion de los Recursos Hidricos, responsable del funcionamiento de dicho sistema; Que, asimismo, el articulo 19º de la Ley dispone que el Consejo Directivo es la MORDAZA instancia de la Autoridad

653996-2

Autorizan viaje del Primer Vicepresidente de la Republica para participar en diversas reuniones a realizarse en Japon
RESOLUCION SUPREMA Nº 154-2011-PCM MORDAZA, 15 de junio de 2011

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