Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2011 (16/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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modificatorias, y la Ley N° 29627, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º Aprobacion y condiciones de la operacion de endeudamiento 1.1 Apruebese la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF, hasta por US$ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar la intervencion denominada "Cierre de Brechas en productos priorizados del Programa Estrategico Articulado Nutricional", bajo la modalidad de Enfoque Sectorial Amplio de Apoyo Financiero (Swap). 1.2 La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo sera en una sola cuota (bullet), que vencera el 28 de febrero de 2029. 1.3 La operacion de endeudamiento externo devengara una tasa de interes basada en la tasa LIBOR a seis (6) meses, mas un margen variable a ser determinado por el BIRF de acuerdo con su politica de operaciones. Asimismo, se aplicara una comision de financiamiento de hasta 0,25% sobre el monto del prestamo, pagadero por una sola vez, MORDAZA del primer desembolso. Articulo 2º.- Facilidad de Conversion de Moneda, Facilidad de Conversion de Tasa de Interes y Facilidad de establecer Limites a la Tasa Variable 2.1 Autoricese al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, para que en el MORDAZA de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de este decreto supremo, pueda ejercer los instrumentos financieros de Conversion de Moneda, Conversion de la Base de la Tasa de Interes y Establecimiento de Limites a la Tasa Variable, mencionados en la parte considerativa de este decreto supremo. 2.2 Para tal fin, se autoriza al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, las instrucciones de conversion asi como toda la documentacion que se requiera para implementar los referidos instrumentos financieros. Articulo 3º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora de la intervencion denominada "Cierre de Brechas en productos priorizados del Programa Estrategico Articulado Nutricional" sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales (UCPS), quien actuara como coordinador administrativo de los componentes 1 y 3 de la citada intervencion, y a traves de la Direccion General de Presupuesto Publico (DGPP), quien actuara como coordinador tecnico de los componentes 1, 2 y 3 de la misma. Articulo 4º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de este decreto supremo; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 5º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la presente operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º del presente decreto supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda publica. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

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Autorizan Transferencia de Partidas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a favor del Gobierno Regional del departamento de Amazonas, la Municipalidad Provincial de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Barranco en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011
DECRETO SUPREMO Nº 104-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º de la Ley Nº 27889 - Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional, establece que los ingresos provenientes de la recaudacion del mencionado impuesto, luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley corresponda a la SUNAT, seran transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, para que los utilice a traves de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU y el Plan COPESCO Nacional (antes, Proyecto Especial Plan COPESCO), exclusivamente en el desarrollo de las actividades y proyectos a que se refiere el articulo 1º de dicha Ley, de acuerdo al Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional; Que, el numeral 3.1 del articulo 3º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003MINCETUR, modificado por Decreto Supremo Nº 0062006-MINCETUR, dispone que el Fondo para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional, es un patrimonio bajo la administracion y gestion del MINCETUR, para financiar exclusivamente las actividades y proyectos destinados al desarrollo del turismo nacional, contenidos en el Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional aprobado por el MINCETUR; Que, el MINCETUR ha aprobado dentro del Plan Anual de Promocion y Desarrollo Turistico Nacional, entre otros, los siguientes proyectos de inversion publica en turismo: i) Consolidacion y Acondicionamiento Turistico de las Areas de Emergencia en la Fortaleza de Kuelap Sector Muralla Sur, ii) Construccion de Pistas y Veredas en el Malecon de la Costa MORDAZA Distrito de Barranco, MORDAZA, iii) Acondicionamiento Turistico y Puesta en Valor de las Principales Chullpas del Complejo Arqueologico de Sillustani, Distrito de Atuncolla, Provincia de MORDAZA - MORDAZA, iv) Acondicionamiento Ambiental y Turistico de la MORDAZA Interior de MORDAZA del Lago Titicaca, todos ellos a ser financiados con recursos provenientes del Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional; Que, el articulo 15° de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece que en el Ano Fiscal 2011, los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, mediante Informe N° 139-2011-MINCETUR/SG/ OGPPD la Direccion General de Planificacion, Presupuesto

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