Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2011 (21/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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ITEM 03 FASES DEL MORDAZA INSCRIPCION DE AGENTES PARTICIPANTES FECHA 02 de Junio al 25 de Junio 26 de Junio

NORMAS LEGALES
LUGAR Subgerencia de Participacion Vecinal Coliseo Peru - Japon

El Peruano MORDAZA, martes 21 de junio de 2011

FASE 2 04 I.- TALLER DE CAPACITACION - RENDICION DE CUENTAS 05

II.- TALLER DE ACTUALIZACION DEL PDC ­ VISION Y MISION 27 de Junio al 08 de MORDAZA - LINEAS ESTRATEGICAS

Descentralizado por cada Eje Zonal

FASE 3 III.- TALLER DE DIAGNOSTICO, 06 IDENTIFICACION,, PRIORIZACION 16 DE MORDAZA DE PROBLEMAS Y - ELECCION DEL COMITE DE VIGILANCIA 07 08 09 MORDAZA DE PROPUESTAS DE PROYECTOS EVALUACION TECNICA DE PROYECTOS PRIORIZADOS 18 al 03 de Agosto 04 al 11 de Agosto

Coliseo Peru - Japon

Mesa de Partes de la Municipalidad Auditorio Municipal Auditorio Municipal

de construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica, apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo a su zonificacion; Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, tiene por objeto normar los criterios y requisitos minimos para el diseno y ejecucion de edificaciones, permitiendo de este modo una mejor ejecucion de los planos urbanos, en coherencia con el articulo 2º de la ordenanza Nº1098 que a su vez aprueba el reajuste integral de la zonificacion de los usos de suelo, entre otros, del distrito de San MORDAZA, en cuyo ambito se establece la aplicacion de la ordenanza Nº 1076, en cuyo anexo 03, se dispone la MORDAZA de acceder al nivel de azotea por encima de la altura establecida en aquella; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el concejo municipal ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL USO Y CONSTRUCCION EN AZOTEAS DE EDIFICIOS MULTIFAMILIARES Y UNIFAMILIARES ASI COMO EL TRATAMIENTO DE MUROS EXTERIORES EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO I OBJETO Y ALCANCES Articulo 1º.- Reglamentar y controlar las construcciones y uso en azoteas de edificaciones multifamiliares y unifamiliares, que superen la altura MORDAZA de edificacion permitida para el distrito de San MORDAZA asi como el tratamiento de muros exteriores a fin de optimizar la calidad arquitectonica de las edificaciones con relacion al espacio MORDAZA y el ornato. TITULO II DEFINICIONES Azotea: Es el nivel accesible encima del techo del ultimo nivel techado. La azotea puede ser libre o tener construcciones de acuerdo con lo que establecen los planes urbanos. Es la construccion que se ejecuta por encima de la altura normativa establecida para la edificacion cuando esta es plana y se permite el acceso a ella. Edificio unifamiliar.- Edificacion que alberga una sola vivienda sobre un lote unico, es decir una unidad inmobiliaria. Edificio multifamiliar.- Edificacion unica con dos a mas unidades de vivienda que mantienen la copropiedad del terreno y de las areas y servicios comunes. Jardin de aislamiento.- Espacio publico que esta ubicado entre el limite de la propiedad privada y la vereda como area remanente de via y/o area verde. Muros exteriores.- MORDAZA laterales y posteriores de todas las edificaciones que colindan con propiedad de terceros. Parapeto.- Pared o baranda que se pone en azoteas para evitar caidas. La altura del parapeto esta incluida dentro de la altura MORDAZA de edificacion permitida en los parametros urbanisticos y edificatorios de acuerdo a las caracteristicas del lote. Pared.- Obra de albanileria vertical que cierra o limita un espacio Revoque.- MORDAZA o mezcla de cal y MORDAZA u otro material analogo con que se revoca.

FASE 4 FORMALIZACION DE ACUERDOS Y 13 de Agosto COMPROMISOS

Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas y en el MORDAZA Institucional, de acuerdo a Ley. Registrese, Comuniquese y Cumplase MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 655705-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Regulan el uso y construccion en azoteas multifamiliares y unifamiliares asi como el tratamiento de muros exteriores en el distrito
ORDENANZA N°218-MDSM San MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2011 El Concejo Municipal, en sesion ordinaria celebrada en la fecha: CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional concordante con el articulo II de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que establece que, en efecto, los gobiernos locales gozan de autonomia y que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; que por otra parte, el articulo X de la invocada, establece que los gobiernos locales deben propiciar mejores condiciones de MORDAZA a su poblacion y promover el desarrollo integral de la misma; Que, el inciso 3.6 del numeral 3) del articulo 79º de la citada Ley Nº 27972, establece que es competencia especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo dentro de su jurisdiccion, normar regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fiscalizacion

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