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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (21/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de junio de 2011 445083 Que, a la fecha el indicado artículo 99º, modifi cado recientemente por Ley 29630, ha incorporado dentro de sus alcances a las siguientes instituciones educativas: 1) Las Escuelas de Ofi ciales y Escuelas Superiores de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; 2) La Escuela de Salud Pública del Perú; 3) La Academia Diplomática del Perú; 4) El Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico; 5) La Escuela Nacional de Marina Mercante Almirante Miguel Grau; 6) La Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes; 7) La Escuela Nacional Superior del Folklore José María Arguedas; 8) La Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes Diego Quispe Tito del Cusco; 9) El Conservatorio Nacional de Música; 10) El Instituto Superior de Música Público Daniel Alomía Robles de Huánuco; 11) La Escuela Superior de Formación Artística Pública – Ancash (ESFAP – ANCASH); 12) La Escuela Superior de Arte Dramático Virgilio Rodríguez Nache; 13) La Escuela Superior de Formación Artística Pública Macedonio de la Torre; 14) El Conservatorio Regional de Música del Norte Público Carlos Valderrama; 15) La Escuela Superior de Música Pública Luis Duncker Lavalle, denominado Conservatorio Regional de Música Luis Duncker Lavalle; 16) La Escuela Nacional Superior de Arte Dramático Guillermo Ugarte Chamorro; y 17) La Escuela Nacional Superior de Ballet. Que, mediante memorando Nº 731-2010-SG, el Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores comunica la necesidad de unifi car los criterios a aplicarse a las instituciones que cuentan con rango universitario a efectos de que puedan inscribir sus grados y títulos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; proponiéndose tomar en cuenta determinados aspectos; Que, mediante memorando Nº 138-2010-DGDAC, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores propone la aprobación de la “Guía para la Adecuación a la Ley Universitaria Nº 23733” con motivo a la incorporación de determinadas instituciones educativas dentro de los alcances de la Ley Nº 23733; Que, mediante informes Nº 109-2011-DGAJ y Nº 274- 2011-DGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica de la Asamblea Nacional de Rectores opina favorablemente a la aprobación de la “Guía para la Adecuación a la Ley Universitaria Nº 23733” y sugiere incluir dos secciones en la misma; Que, mediante informe Nº 084-2011-DGDAC, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, habiendo recogido las sugerencias indicadas en el considerando precedente, eleva para su aprobación la “Guía para la Adecuación de Instituciones Educativas a la Ley Universitaria Nº 23733”; Que, mediante memorando Nº 568-2011-SE, el Secretario Ejecutivo (e) de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución por la que se apruebe la “Guía para la Adecuación de Instituciones Educativas a la Ley Universitaria Nº 23733”, de acuerdo al informe Nº 084-2011-DGDAC; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Guía para la Adecuación de Instituciones Educativas a la Ley Universitaria Nº 23733”, que consta de 12 secciones y 09 páginas y que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a las instituciones indicadas en el tercer considerando para la aplicación y cumplimiento de la “Guía para la Adecuación de Instituciones Educativas a la Ley Universitaria Nº 23733”. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 655556-2 Designan miembro del Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 0671-2011-ANR Lima, 16 de junio de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La carta S/N, registrado con expediente Nº 151236, de fecha 30 de mayo de 2011; el memorando Nº 623-2011- SE, de fecha 16 de junio de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 0102-2011-ANR, de fecha 11 de febrero de 2011, se designó un Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, con la autonomía y atribuciones previstas en el artículo 39º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, a fi n de llevar a cabo, en el plazo de noventa (90) días, el proceso electoral de conformación de los órganos de gobierno y elección de autoridades en la referida universidad; designándose entre sus miembros al Mg. Faustino Beraún Barrantes; Que, mediante carta de vistos, el Mg. Faustino Beraún Barrantes comunica su imposibilidad de continuar como miembro del referido Comité Electoral Externo desde el 17 de junio de 2011; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo (e) de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución por la que se acepte lo solcitado por el Mg. Faustino Beraún Barrantes y se designe en su reemplazo al Dr. Darío Emiliano Medina Castro, Profesor Principal de la Facultad de Ciencias Biológicas de la Universidad Nacional de Trujillo, como miembro del Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann de Tacna; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la conclusión de funciones del Mag. Sc Faustino Beraún Rodríguez como miembro del Comité Electoral Externo de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, a partir del 17 de junio de 2011; agradeciéndole por los valiosos servicios prestados. Artículo 2º.- Designar como miembro del Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, constituido mediante Resolución Nº