Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2011 (21/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

445086

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, martes 21 de junio de 2011

De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, Leyes Nº 26490 y Nº 27602 y en uso de sus atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º- Dejar sin efecto, en todos sus extremos, los alcances de la Resolucion Nº 0586-2011-ANR. Articulo 2º.- Establecer el cese de las autoridades encargadas mediante Resolucion Nº 597-2009-CONAFU, de fecha 24 de noviembre de 2009. Articulo 3º.- Designar una Comision de Orden y Gestion para la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, otorgandole el plazo de ciento ochenta dias, a fin de que implante las recomendaciones establecidas por el CRI-Amazonico y logre la real institucionalidad de la universidad. La Comision estara integrada por: - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente Ex rector de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vicepresidente academico Ex decano de la Facultad de Ingenieria de la Universidad Nacional de MORDAZA - Mg. Nery Job MORDAZA MORDAZA, vice presidente administrativo Profesor Principal cesante de la Universidad Particular de Chiclayo Ex vicepresidente academico de la Comision Reorganizadora de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Articulo 4º.- Establecer que la Comision de Orden y Gestion de la UNAMAD, dentro del MORDAZA de intervencion, MORDAZA las veces de Consejo Universitario y de Asamblea Universitaria. El Presidente MORDAZA las veces de Rector, el primer Vicepresidente de Vicerrector Academico y el MORDAZA Vicepresidente de Vicerrector Administrativo, ejerceran sus atribuciones de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733, Leyes Nº 26490 y Nº 27602. Articulo 5º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 655564-1

Primero: Que, por Resolucion Nº 302-2002-CNM, de fecha 07 de junio de 2002, el evaluado fue nombrado Juez Especializado en lo Civil de MORDAZA, del Distrito Judicial de MORDAZA, habiendo juramentado el cargo con fecha 15.06.02, el mismo que ejerce hasta la actualidad. En consecuencia, desde su mencionada designacion como magistrado, ha transcurrido el periodo de siete anos a que se refiere el articulo 154º Inc. 2) de la Constitucion Politica del Estado para los fines del MORDAZA de evaluacion y ratificacion correspondiente; Segundo: Que, por Acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, de 02 de agosto de 2010, se aprobo la Convocatoria Nº 004­2010­CNM de los procesos individuales de evaluacion y ratificacion, comprendiendo, entre otros, al Dr. MORDAZA, siendo su periodo de evaluacion desde el 15 de junio de 2002 a la fecha de conclusion del presente MORDAZA, cuyas etapas han culminado con su entrevista personal desarrollada en sesion publica de fecha 10 de enero de 2011, habiendose previamente puesto en su conocimiento no solo su expediente administrativo, que obra en el Consejo Nacional de la Magistratura, sino ademas, su informe individual elaborado por la Comision Permanente de Evaluacion y Ratificacion, garantizandose de esta forma su derecho de defensa; Tercero: CON RELACION AL RUBRO CONDUCTA; sobre: a) Antecedentes Disciplinarios; Segun el formato curricular del evaluado y el Oficio Nº 117602010-UD-OCMA-EMR/lmo, este registra las siguientes medidas disciplinarias: Multa del 3%, impuesta el 22.02.10 por afectacion al debido MORDAZA (Expediente Nº 01457-2008/QD), la misma que fue apelada, ante lo cual la OCMA resolvio con fecha 14.06.10 por la prescripcion del MORDAZA disciplinario; Apercibimiento (no se precisa la causa) impuesto el 07.04.06 (Expediente Nº 01068-2005/QD); Apercibimiento (no se precisa la causa) impuesto el 27.04.06 (Expediente Nº 00051-2005/QD); Multa del 3%, impuesta el 22.02.10 por infraccion a sus deberes de funcion (Expediente Nº 00248-2008/QD), la misma que ha sido apelada por el evaluado, encontrandose en tramite, segun informa; y, finalmente, una sancion cuya naturaleza no ha sido especificada por el evaluado, impuesta el 12.04.10 por causa de la inobservancia de normas (Expediente Nº 00209-2008/QD), respecto de la cual este manifiesta haber interpuesto un recurso de apelacion que se encuentra en tramite; b) Participacion Ciudadana; se recibio comunicaciones de participacion ciudadana cuestionando su gestion, las que fueron absueltas por el evaluado, asi como comunicaciones de apoyo a su gestion, conforme pasamos a detallar: (b.1) Comunicacion del senor MORDAZA Idelfonso MORDAZA Carreno, quien alude a una demanda admitida a tramite pese a que ni el quejoso ni el codemandado viven en MORDAZA, lo que motivo una denuncia por prevaricato actualmente en tramite. El Dr. MORDAZA hace su descargo manifestando que el quejoso fue declarado rebelde al MORDAZA por no haber absuelto el traslado de la demanda, sin haber cuestionado la competencia del organo jurisdiccional, siendo ademas que su co-demandado si ha deducido la excepcion de Incompetencia; (b.2) Comunicacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien senala que el Dr. MORDAZA no cumple con los requisitos para ostentar los cargos de Juez decano y Juez del Primer Juzgado Civil y de Familia de MORDAZA, agregando que habria seducido a una practicante de su juzgado, con quien tiene un hijo extramatrimonial, el cual ha sido reconocido por el Juez, despues de dos meses de nacido, siendo que dicho menor no cuenta con Seguro de ESSALUD. En su descargo el Dr. MORDAZA senala que MORDAZA MORDAZA MORDAZA se dedica a cuestionar a los jueces y fiscales cuando las resoluciones y procesos no le favorecen y no son resueltos de acuerdo a su conveniencia e intereses personales. En cuanto a su menor hijo, senala que este ha sido procreado con una persona que jamas ha practicado ni ha sido meritoria en su juzgado ni en ningun otro, siendo que tampoco es estudiante de la MORDAZA de derecho. Agrega que su

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Disponen no ratificar en el cargo a Juez Especializado en lo Civil de MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 031-2011-PCNM MORDAZA, 10 de enero de 2011 VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cusman, Juez Especializado en lo Civil de MORDAZA, del Distrito Judicial de Lambayeque; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.