Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2011 (03/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

438203

- INDECI, el Ministerio Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, y demas instituciones y organismos del Estado involucrados, de acuerdo a su competencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, y a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de marzo del ano dos mil once MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 609255-3

Que, mediante Informe Tecnico Nº 005-2011INDECI/10.0 de fecha 1 de marzo de 2011, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI se ha pronunciado teniendo en consideracion lo informado por la Autoridad Nacional del Agua, senalando que la situacion de peligro inminente de aluvion y alto riesgo aun permanecen en la MORDAZA Palcacocha, por lo que recomienda se gestione la prorroga del Estado de Emergencia, que permita continuar con la ejecucion de las acciones inmediatas, simultaneas y necesarias ya previstas en el MORDAZA del Estado de Emergencia vigente y que se encuentra pendientes de realizar, destinadas a la reduccion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas que pudieran verse afectadas; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 002-2011-PCM y subsistiendo las condiciones de emergencia en la MORDAZA, es necesario prorrogar el periodo del Estado de Emergencia, con el fin de que se continuen las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes; y, De conformidad con el inciso 1º del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del estado de emergencia requiere de MORDAZA decreto; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 8 de marzo de 2011, el Estado de Emergencia en la MORDAZA de la MORDAZA Palcacocha, ubicada en la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, por peligro inminente de aluvion. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar La Autoridad Nacional del Agua, en coordinacion con el Gobierno Regional de MORDAZA, con la Municipalidad Provincial de MORDAZA, asi como el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio del Ambiente, y demas instituciones y organismos del Estado, dentro de su competencia, asi como las entidades privadas involucradas en cuanto les corresponda; continuaran ejecutando las acciones inmediatas necesarias destinadas a la reduccion de los riesgos existentes. Estas acciones comprenden, entre otras, el desembalse regulado, la operacion y mantenimiento de la MORDAZA Palcacocha y las acciones de supervision, para la reduccion del riesgo generado por la situacion de emergencia, acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura y el Ministro del Ambiente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de marzo del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente 609255-4

Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia de la MORDAZA Palcacocha, ubicada en la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 018-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 002-2011-PCM se declaro el estado de emergencia en la MORDAZA de la MORDAZA Palcacocha, ubicada en la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, debido a la situacion de riesgo que se viene presentando en dicha MORDAZA, pues viene mostrando un desarrollo acelerado en los ultimos 38 anos, incrementando su volumen de forma notable, pasando de 514,800 m3 en el ano 1972 a 3'959,776 m3 (con 14 m de profundidad maxima) en el ano 2003 y 17'325,206 m3 (con 73 m de profundidad maxima) en MORDAZA del ano 2009, y geomorfologicamente muestra ademas taludes internos inestables, inconsolidados y fuertes pendientes, asi como glaciares en estado colgantes, aspectos que pueden generar procesos geodinamicos externos como lo sucedido en los anos 1941 y 2003, y que, por tanto, se considera a dicha MORDAZA muy peligrosa y de alto riesgo, situacion que puede desencadenar potenciales flujos aluvionicos, con riesgo para las poblaciones, infraestructura y areas agricolas emplazadas en su ambito de influencia, incluido la MORDAZA de Huaraz; siendo necesaria la ejecucion de obras de seguridad de mayor envergadura de manera urgente; Que, mediante Informe Tecnico Nº 0001-2011-ANADCPRH-GLA/NSP, la Autoridad Nacional del Agua - MORDAZA, informa sobre la situacion de peligro inminente y alto riesgo que aun mantiene la MORDAZA Palcacocha, recomendando prorrogar o ampliar el plazo del Estado de Emergencia, en razon a que es necesario desarrollar las acciones previstas en el MORDAZA del Estado de Emergencia y que aun se encuentran pendientes de realizar;

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