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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de marzo de 2011 439212 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N° 29669 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL EL DÍA 23 DE MARZO DE 2011 El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102, inciso 9), y 113, inciso 4), de la Constitución Política del Perú; en el artículo 76, inciso j), del Reglamento del Congreso de la República; y en la Ley 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional el día 23 de marzo de 2011, con el objeto de efectuar una visita de Estado a la República de Colombia. La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil once. CÉSAR ZUMAETA FLORES Presidente del Congreso de la República ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 18 de marzo de 2011 Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 616910-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Convocan a Elecciones Municipales DECRETO SUPREMO N° 024-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso 5) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú establece que corresponde al Presidente de la República convocar a elecciones para alcaldes y regidores y demás funcionarios que señala la ley; Que, el artículo 3° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, establece que el Presidente de la República convoca a elecciones municipales con una anticipación no menor a doscientos cuarenta (240) días naturales a la fecha de su realización; Que, mediante la Ley Nº 29538, se crea el distrito de Cosme, ubicado en la provincia de Churcampa del departamento de Huancavelica; Que, mediante la Ley Nº 29540, se crea el distrito de Yacus, ubicado en la provincia de Huánuco del departamento de Huánuco; Que, mediante la Ley Nº 29541, se crea el distrito de Constitución, ubicado en la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco; Que, mediante la Ley Nº 29558, se crea el distrito de Samugari, ubicado en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho; Que, resulta necesario convocar a elección de autoridades municipales en los distritos antes mencionados de reciente creación; De conformidad con lo previsto en los numerales 5) y 24) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones y sus modifi catorias y la Ley Nº 26864 - Ley de Elecciones Municipales; DECRETA: Artículo 1.- Convocatoria de Elecciones Municipales Convóquese, para el domingo 20 de noviembre del presente año, a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores en los siguientes distritos: • Distrito de Cosme, de la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica; • Distrito de Yacus, de la provincia de Huánuco, del departamento de Huánuco; • Distrito de Constitución, de la provincia de Oxapampa, del departamento de Pasco; y, • Distrito de Samugari, de la provincia de La Mar, del departamento de Ayacucho. Artículo 2.- Normas de aplicación Las elecciones se regirán por lo dispuesto por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones y la Ley Nº 26864 - Ley de Elecciones Municipales. Artículo 3.- Financiamiento El costo que demande la aplicación del presente decreto supremo será fi nanciado con cargo a los presupuestos autorizados de los pliegos conformantes del Sistema Electoral, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 616910-2