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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de marzo de 2011 439229 Monto máximo a distribuir del bono de productividad para cada uno de los 4 pagos durante el 2011 = Monto Máximo Anual del Bono de Productividad / 4 = 93,000,000 / 4 = 23,250,000 2.- Se debe determinar el número de personas que potencialmente pueden ser benefi ciarias del bono. Para ello se debe excluir a aquellas personas que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo 12º del presente Reglamento. 3.- Se deben determinar los montos máximos a distribuir por concepto del bono para cada uno de los 32 grupos señalados en el artículo 5º del presente Reglamento. Ello se realiza utilizando la siguiente fórmula Monto máximo a distribuir para la Unidad Administrativa = 23,250,000 * Nº de benefi ciarios potenciales de la Unidad Administrativa / Nº de benefi ciarios potenciales del Poder Judicial Monto máximo a distribuir para cada Corte Superior de Justicia = 23,250,000 * Nº de benefi ciarios potenciales de cada Corte Superior de Justicia / Nº de benefi ciarios potenciales del Poder Judicial Monto máximo a distribuir para la Corte Suprema de Justicia = 23,250,000 * Nº de benefi ciarios potenciales de la Corte Suprema / Nº de benefi ciarios potenciales del Poder Judicial 4.- Se debe determinar el monto del bono que efectivamente cada uno de los 32 grupos tendrá derecho a distribuir entre los benefi ciarios que lo conforman. El monto del bono dependerá del cumplimiento de las metas establecidas para cada período de evaluación y que han sido detalladas en el Anexo 01. Para determinar el monto del bono que le corresponde a cada uno de los 32 grupos se aplicará la siguiente fórmula: Monto del bono para un grupo “X” = [ (1/n * Grado de cumplimiento de la meta asociada al indicador 1) + (1/n * Grado de cumplimiento de la meta asociada al indicador 2) + …….. + (1/n * Grado de cumplimiento de la meta asociada al indicador “n”) ] * Monto máximo a distribuir para el grupo “X” n = Número de metas establecidas para cada período de evaluación 5.- En el caso específi co de la Unidad Administrativa, la determinación del monto del bono que tendrá derecho a distribuir dicho grupo entre los benefi ciarios, para el 2do, 3er y 4to período de evaluación, se calculará de la siguiente manera: Monto del bono para la Unidad Administrativa = [ (1/4 * Grado de cumplimiento de la meta asociada al indicador 1) + (1/4 * Grado de cumplimiento de la meta asociada al indicador 2) + (1/8 * Grado de cumplimiento de la meta asociada al indicador 3.1) + (1/8 * Grado de cumplimiento de la meta asociada al indicador 3.2) + (1/4 * Grado de cumplimiento de la meta asociada al indicador 4) ] * Monto máximo a distribuir para la Unidad Administrativa 6.- Se deberá determinar el grado de cumplimiento de las metas. Éste dependerá del tipo de meta que se ha establecido para cada grupo. Existen dos tipos de metas: a) Numéricas: Aquellas vinculadas a los siguientes indicadores: Para la Unidad Administrativa: - Promedio ponderado del tiempo en el diligenciamiento de notifi caciones (en días) - Fiscalización de tasas judiciales - Cumplimiento del plan de visitas de verifi cación de tasas judiciales - Rotación del personal Para las Cortes Superiores de Justicia: - Cumplimiento del plan de visitas judiciales ordinarias por parte de la ODECMA - Cumplimiento del plan de visitas de verifi cación de tasas judiciales - Rotación del personal Para la Corte Suprema de Justicia: - Rotación del personal b) De envío de información: Todas las restantes Para determinar el grado de cumplimiento de las metas “numéricas” se aplica la siguiente fórmula: Grado de cumplimiento Si cumple la meta 100% Si cumple entre una cifra mayor o igual a 80% y una cifra inferior al 100% de la meta 90% Si cumple entre el 70% y una cifra inferior al 80% de la meta 80% Si cumple una cifra inferior al 70% de la meta 0% Para determinar el grado de cumplimiento de las metas “de envío de información” se aplica la siguiente fórmula: Grado de cumplimiento Cumple con la meta 100% No cumplió con la meta 0% 7.- Finalmente, se debe calcular el monto del bono a distribuir para cada benefi ciario en cada uno de los pagos, lo cual se realiza utilizando la siguiente fórmula: Monto del bono a distribuir entre los benefi ciarios que conforman un grupo = Monto del bono para dicho grupo / Nº de benefi ciarios que lo conforman 616910-4 Aprueban índices de distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero de los departamentos de Piura y Tumbes por las transferencias correspondientes al año 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2011-EF/15 Lima, 18 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 5.1 del artículo 5º y al artículo 10º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, la