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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de marzo de 2011 439900 ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) 47,145.00 Pago de cuota 2011 Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero 49,465.00 (OLDEPESCA) Pago de cuota 2011 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción (PRODUCE). Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 620763-9 Autorizan viaje de funcionaria diplomática a Suiza para participar en la Reunión del Grupo de Negociación sobre las Normas - Subvenciones a la Pesca de la OMC RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0271/RE-2011 Lima, 25 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global en materia económica y comercial; Que, del 28 de marzo al 01 de abril de 2011 se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, la Reunión del Grupo de Negociación sobre las Normas – Subvenciones a la Pesca, de la Organización Mundial del Comercio (OMC); Teniendo en cuenta los Memoranda (DAE) N° DAE0190/ 2011, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 16 de marzo de 2011; y (OPR) N° OPR0715/2011, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 18 de marzo de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad la Ley del Servicio Diplomático de la República y su Reglamento; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Claudia Elizabeth Guevara De la Jara, funcionaria de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 28 de marzo al 01 de abril de 2011, para participar en la Reunión del Grupo de Negociación sobre las Normas – Subvenciones a la Pesca de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Claudia Elizabeth Guevara De la Jara 2,990.00 260.00 5+2 1,820.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 620376-1 SALUD Crean el Programa Nacional de Dotación y Desarrollo de Capacidades de los Recursos Humanos para el Aseguramiento Universal en Salud - PROSALUD DECRETO SUPREMO Nº 003-2011-SA El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 9° de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado determina la política nacional de salud, por lo que el Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación y es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizada para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, en el numeral 2 del artículo III del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que la gestión promueve la igualdad de todas las personas en el acceso a las oportunidades y benefi cios que se derivan de la prestación de servicios públicos y de la actividad pública en general. Asimismo, en su artículo 23º, dispone, entre otros, que son funciones de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; aprobar las disposiciones normativas que les correspondan; planifi car, fi nanciar y garantizar la provisión y prestación de servicios públicos; Que, el literal d) del artículo 3° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala como competencia de rectoría sectorial del Ministerio de Salud en el Sistema Nacional de Salud, la articulación de recursos y actores públicos y privados, intra e intersectoriales, que puedan contribuir al logro de los objetivos de las políticas públicas de salud; Que, la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, dispone que el Aseguramiento Universal en Salud es un proceso orientado a lograr que toda la población residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, en condiciones adecuadas de efi ciencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad, sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS); Que, para la implementación del Aseguramiento Universal en Salud se requiere contar con profesionales de la salud en número sufi ciente, con las competencias adecuadas y comprometidos con el logro de resultados sanitarios en todos los niveles de complejidad del sistema, de tal manera que se garantice los derechos a