Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2011 (29/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 29 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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la atencion de salud en terminos de acceso, oportunidad y calidad; sin embargo, el MORDAZA tiene un deficit critico de dichos profesionales, especialmente en el primer nivel de atencion de las zonas piloto del Aseguramiento Universal en Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, se dictaron las disposiciones para desarrollar mecanismos de implementacion del Aseguramiento Universal en Salud y en su Decima MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria, establece que, el Ministerio de Salud, en ejercicio de su rol rector en el sector salud, tiene la responsabilidad de establecer el MORDAZA normativo para la planificacion de la dotacion, distribucion, reclutamiento y seleccion, desarrollo de capacidades y mejora de las condiciones de trabajo de los recursos humanos en salud, en coordinacion con los gobiernos regionales y otras instituciones publicas, en el MORDAZA de la implementacion progresiva del Plan Esencial de Aseguramiento Universal en Salud, para cumplir las garantias explicitas de oportunidad y calidad de las prestaciones de salud de acuerdo a su nivel resolutivo; Que, en el Decreto de Urgencia Nº 048-2010 y el Decreto Supremo Nº 229-2010-EF, se establecen medidas economicas y financieras destinadas a la implementacion del Aseguramiento Universal en Salud en la poblacion pobre residente en los departamentos de Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA y en determinados distritos de los departamentos de San MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas, MORDAZA, y MORDAZA, incluyendo los distritos del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene (VRAE) de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA, MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, mediante el diseno e implementacion de mecanismos orientados a incrementar la cobertura de los beneficiarios en dichos departamentos; Que, el Ministerio de Salud plantea una intervencion integral que implique la planificacion, el reclutamiento, seleccion, contratacion, retencion y desarrollo de capacidades de equipos basicos de profesionales en ciencias de la salud en el primer nivel de atencion en las zonas piloto del Aseguramiento Universal en Salud, por lo que considera pertinente establecer el Programa Nacional de Dotacion y Desarrollo de Capacidades de los Recursos Humanos para el Aseguramiento Universal en Salud - PROSALUD; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- De la creacion Crease el Programa Nacional de Dotacion y Desarrollo de Capacidades de los Recursos Humanos para el Aseguramiento Universal en Salud ­ PROSALUD, adscrito al Ministerio de Salud, con el objeto de garantizar la provision, distribucion y desarrollo de recursos humanos con enfoque de Equipo Basico de Salud y la Atencion Primaria de Salud renovada, en el MORDAZA del MORDAZA progresivo de implementacion del Aseguramiento Universal en Salud. Articulo 2º.- Del ambito de aplicacion El ambito de aplicacion de PROSALUD es el primer nivel de atencion a nivel nacional y de aplicacion progresiva de acuerdo al MORDAZA de implementacion del Aseguramiento Universal en Salud. Se inicia en los ambitos establecidos en el Decreto de Urgencia Nº 048-2010. Articulo 3º.- Del plazo de duracion del Programa El Programa Nacional de Dotacion y Desarrollo de Capacidades de los Recursos Humanos para el Aseguramiento Universal en Salud - PROSALUD, tendra un plazo de duracion de 3 anos, evaluandose periodicamente sus resultados para la sostenibilidad y renovacion del mismo. Articulo 4º.- De los objetivos de PROSALUD PROSALUD, en el ambito de lo establecido en el articulo 2º de la presente MORDAZA, tiene los siguientes objetivos: a) Garantizar la disponibilidad de equipos basicos de profesionales en ciencias de la salud, priorizando

las zonas de mayor pobreza y dificultades de accesibilidad. b) Mejorar las condiciones de trabajo de los equipos basicos de profesionales en ciencias de la salud en el primer nivel de atencion, que permitan la mejora de la capacidad de reclutamiento y retencion con equidad. c) Fortalecer las capacidades de los equipos basicos de profesionales en ciencias de la salud para la implementacion del modelo de atencion integral en salud. Articulo 5º.- De los beneficiarios de PROSALUD Son beneficiarios del Programa PROSALUD, la poblacion pobre residente en los departamentos de Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA y en determinados distritos de los departamentos de San MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas, MORDAZA, y MORDAZA, incluyendo los distritos del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene (VRAE) de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA, MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, asi como la poblacion pobre que se incorpore de acuerdo al MORDAZA de implementacion del Aseguramiento Universal en Salud. Articulo 6°.- De los componentes y caracteristicas de PROSALUD Los componentes de PROSALUD son: Planificacion, Reclutamiento, Seleccion y Contratacion, Retencion y Desarrollo de Capacidades, cuyas principales caracteristicas son las siguientes: 6.1. Planificacion. a) La planificacion de la dotacion de equipos basicos de profesionales en ciencias de la salud en el primer nivel de atencion, se realiza en funcion de los objetivos sanitarios nacionales, del Aseguramiento Universal en Salud y el MORDAZA de implementacion del Modelo de Atencion Integral en Salud. b) La microred de salud constituye la unidad de intervencion de los equipos basicos de profesionales en ciencias de la salud, ubicada con prioridad en zonas de menor desarrollo. La identificacion de las microrredes es responsabilidad de los gobiernos regionales en coordinacion con los gobiernos locales, considerando criterios definidos por la autoridad nacional. c) La planificacion de la dotacion de los equipos basicos de profesionales en ciencias de la salud se MORDAZA en indicadores de salud, nutricion, pobreza, equidad y brecha de recursos humanos. Su distribucion en las microrredes es de responsabilidad de los gobiernos regionales, de acuerdo a los lineamientos de politica nacional y estandares tecnicos regionales. d) Para fines de esta MORDAZA, el equipo basico de profesionales en ciencias de la salud esta conformado por profesionales de medicina humana, enfermeria y obstetricia. Se podran incorporar otros profesionales en ciencias de la salud y tecnicos asistenciales, conforme a las necesidades sanitarias requeridas por la microrred y segun disponibilidad presupuestaria. e) Las funciones y responsabilidades del Equipo Basico de Salud se enmarcan en la R.M. N° 729-2003SA-DM que establece el Modelo de Atencion Integral de Salud, la R.M. N° 696-2006/MINSA, que aprueba la operativizacion de dicho Modelo, la R.M. N° 587-2009/ MINSA, que establece la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Familiar, asi como las demas normas vigentes que correspondan. 6.2. Reclutamiento, Seleccion y Contratacion. a) Para contribuir en la mejora de la capacidad de reclutamiento de las regiones ambito de implementacion del Aseguramiento Universal en Salud, se estableceran acciones coordinadas entre la instancia nacional y las descentralizadas, para el desarrollo de un MORDAZA nacional de reclutamiento y seleccion de los equipos basicos de profesionales en ciencias de la salud. b) Las acciones especificas de reclutamiento y seleccion referidas en el item anterior, no implica la implementacion de una unidad organica de reclutamiento especifica, sino que seran implementadas por aquellas correspondientes en cada instancia de gobierno. c) El MORDAZA de reclutamiento de equipos basicos de profesionales en ciencias de la salud para el funcionamiento de PROSALUD es interno y externo:

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