Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2011 (07/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de mayo de 2011 442118 1.5. Informe sobre Adecuación Administrativa y Organizacional del MIMDES: El artículo 6 de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD, establece que en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días calendario, los Sectores del Gobierno Nacional culminarán el redimensionamiento organizacional y administrativo que se consideró en el Decreto Supremo Nº 052-2005- PCM, con la fi nalidad de que se realice la adecuada ejecución de la transferencia de las funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima. El MIMDES presentará el informe sobre dicho tema. 1.6. Informe sobre Adecuación Administrativa y Organizacional de la MML: La MML emitirá un Informe sobre la adecuación administrativa y organizacional, de acuerdo a la situación generada por la existencia del Régimen Especial de Lima Metropolitana, dispuesto en el Decreto Supremo Nº 052- 2005-PCM. 1.7. Revisión de los requisitos específi cos: La MML y el MIMDES revisarán en forma conjunta el informe sobre los requisitos específi cos presentada por la MML, presentándose un Informe Final a la Secretaría de Descentralización. 1.8. Aprobación del formato para los Informes Situacionales: La MML y el MIMDES, concordaran el formato para la presentación de los Informes Situacionales. 1.9. Aprobación de los Requisitos Específi cos en la Secretaría de Descentralización: De ser necesario, la Secretaría de Descentralización aprobará los requisitos específi cos, en base al Informe Final presentado por la MML y el MIMDES. II. ETAPA DE CERTIFICACIÓN Es el resultado de la evaluación sobre las condiciones para la transferencia de funciones a la MML en materia de Población y en materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, de conformidad a lo establecido en la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº022- 2008-PCM/SD y en tal sentido se desarrollarán las siguientes actividades. 1.10. Elaboración y Suscripción del Convenio Marco Intergubernamental: En caso sea necesario ambas partes suscribirán un Convenio Marco Intergubernamental, el cual contendrá acciones de cooperación, de colaboración, y de coordinación, para contribuir a la certifi cación de la MML y al mejor ejercicio de las funciones transferidas. 1.11. Elaboración y presentación de Informes Situacionales: La MML y el MIMDES elaboran un documento de carácter ejecutivo, en el cual la describen, concluyen y recomiendan respecto a su situación ante la certifi cación para el ejercicio de las funciones sectoriales, el mismo que será presentado ante la Secretaría de Descentralización. 1.12. informes de Concordancia: La Secretaría de Descentralización emite su Informe de Concordancia, el cual plasma las conclusiones o consenso obtenidos en los informes situacionales presentados por la MML y el MIMDES. III. ETAPA DE ACREDITACIÓN. Etapa en la cual se determina la procedencia o improcedencia de la transferencia de funciones sectoriales, de acuerdo a lo señalado en los Informes Situacionales del MIMDES y de la MML, y en tal sentido se desarrolla las siguientes actividades: 1.13. Resolución de Controversias en caso de informes discordantes: La Secretaria de Descentralización emite la Resolución por la cual se resuelven las controversias que se hubieren presentado en los Informes Situacionales entre la MML y el MIMDES. 1.14. Resolución de acreditación: Acto Administrativo por el cual la Secretaria de Descentralización determina la procedencia o improcedencia de la transferencia programada de las funciones en materia de Población y materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, de conformidad a lo establecido en la Directiva No 007- 2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría Nº 032-2007-PCM/SD y en el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la MML, aprobado mediante Resolución de Secretaria Nº 022- 2008-PCM/SD. IV. ETAPA DE EFECTIVIZACIÓN Procedimiento para hacer efectiva la transferencia de las funciones sectoriales en materia de población y materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades del MIMDES a la MML y sus correspondientes recursos presupuestales y acervo documentario vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones transferidas, y en tal sentido se desarrollarán las siguientes actividades: 1.15. Notifi cación de Resolución de Acreditación: La Secretaría de Descentralización notifi cará la Resolución que acredita a la MML como apta para ejercer las funciones a ser transferidas. 1.16. Presentación de los Requisitos Generales: La MML presentará el dispositivo que da por cumplidos los requisitos generales asumidos en la etapa inicial. 1.17. Elaboración y suscripción de las Actas Sustentatorias e Informes: El MIMDES presentará las Actas Sustentatorias e Informes correspondientes, que contienen el resultado de la identifi cación y cuantifi cación de los recursos necesarios para el ejercicio de las funciones en materia de Población y en materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, objeto de transferencia, que posteriormente serán suscritas por los representantes del MIMDES y la MML, en el marco de lo dispuesto por la Quinta Disposición Transitoria de la Ley No 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Dichas Actas Sustentatorias e Informes, habrán sido objeto de saneamiento y ordenamiento administrativo técnico y legal de activos y pasivos vinculados a las funciones a transferir, de ser pertinente. 1.18. Elaboración y suscripción de las Actas de Entrega y Recepción de funciones y recursos: El MIMDES elabora las actas de entrega y recepción que serán remitidas a la MML para la suscripción correspondiente. 1.19. Propuesta y negociación del Convenio de Gestión: La MML y el MIMDES elaborarán una propuesta de convenio de gestión, cuya fi nalidad es acompañar técnicamente a la MML en el ejercicio de las funciones sectoriales transferidas. 1.20. Emisión del Decreto Supremo que transfi ere los recursos y declara concluido el proceso de transferencia. El MIMDES tramitará el Decreto Supremo de transferencia de recursos para el cumplimiento de las funciones en materia de Población y materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades la misma que declara concluido el proceso de transferencia. 1.21. Suscripción del Convenio de Gestión: Acto de suscripción del Convenio de Gestión entre el MIMDES y la MML 8. CRONOGRAMA. 8.1. En el Anexo 1, se detallan las actividades que deben realizarse para ejecutar el proceso de transferencia de funciones sectoriales, precisando las responsabilidades y la programación semanal referencial con la cual se ejecutarán las actividades antes señaladas.