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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2011 (07/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de mayo de 2011 442129 Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia Encargado (a) del Despacho de Defensa 637022-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 414-2011-DE/SG Lima, 5 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 270 de fecha 29 de abril de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, el Salón Internacional de Tecnología para la Defensa y Prevención de Desastres Naturales, SITDEF, es un encuentro comercial, cultural, promovido y organizado conjuntamente por el Ministerio de Defensa y las Fuerzas Armadas en las instalaciones del cuartel general del Ejército, que se realiza cada dos años en el Perú desde el 2007; Que, personal militar de la República de Chile participará en el III Salón Internacional de Tecnología para la Defensa y Prevención de Desastres Naturales - SITDEF; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Dirección de Relaciones Internacionales, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin armas de guerra, al Capitán de Corbeta de la República de Chile, Sergio Marchessi Acua, del 11 al 16 de mayo de 2011, para participar en el III Salón Internacional de Tecnología para la Defensa y Prevención de Desastres Naturales - SITDEF. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley Nro. 27856, modifi cado por Ley Nro. 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia Encargado (a) del Despacho de Defensa 637022-2 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican R.M. Nº 008-2011-EF/43 que aprobó las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2011, en lo concerniente a las materias de Juventud y Simplificación Administrativa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 321-2011-EF/43 Lima, 6 de mayo de 2011 VISTO: El Ofi cio Múltiple Nº 026-2011-ME/SNJ-SN de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación y los Ofi cios Nºs 361-2011-PCM-SGP y 114- 2011-PCM/SC. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 008- 2011-EF/43 se aprobaron las Metas e indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2011; Que, la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación, propone se adecuen los Indicadores aprobados en materia de Juventud para las Políticas 3.1 y 3.2 a la Política 3.3. “Promover planes, programas y proyectos de capacitación para el trabajo, liderazgo, actitudes solidarias y emprendedoras que contribuyan a la empleabilidad de la juventud”; Que, mediante Decreto Supremo Nº025-2010- PCM se modificó en numeral 10 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, estableciendo Objetivos Estratégicos, Estrategias, Acciones, Metas e Indicadores para el período 2010-2014 en materia de Simplificación Administrativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM se aprueba la Metodología de Simplifi cación Administrativa y se establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; Que, es necesario modificar la Resolución Ministerial en lo concerniente a la materia de Simplificación Administrativa, a fin de adecuarla a lo señalado por el Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM y a la propuesta presentada por la Secretaría Nacional de la Juventud; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, Decreto Supremo Nº 027- 2007-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 025- 2010-PCM: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Ministerial Nº008-2011-EF-43 que aprobadas Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el año 2011, en lo concerniente a las materias de Juventud y Simplificación Administrativa, cuyo contenido, como Anexos, forma parte de la presente Resolución Ministerial: Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano y los Anexos serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob. pe), al día siguiente de la fecha de la publicación oficial de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 637396-1