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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de mayo de 2011 442132 NERVIO RADIAL IZQUIERDO, DISCOPATIA CERVICAL y LESION DE PLEXO BRAQUIAL IZQUIERDO”, en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) de La Habana - Cuba, del Mayor Maestro Armero de la Policía Nacional del Perú Jorge Luis CASTRO TORRES, ascendente a la suma de Tres Mil Novecientos Sesenta y seis con 55/100 Dólares Americanos (US$ 3,966.55); asimismo, sufragará el gasto de pasaje que asciende a la cantidad de Novecientos Cincuenta y Seis con 00/100 Dólares Americanos (US$ 956.00), y Treinta y Uno 00/100 Dólares Americanos (US$ 31.00), por concepto de Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA) para el indicado Ofi cial Maestro Armero de la Policía Nacional del Perú; montos que se encuentran presupuestados de conformidad a la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 90-2011- DIRECFIN-PNP/DIVPRE del 25 de enero de 2011; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN del 11 de marzo de 2009, hace extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004; el Decreto Supremo Nº 028-2006- DE-SG del 13 de diciembre de 2006 y el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 3 de febrero de 2009, que aprueba el “Reglamento de viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa”, en el cual se establece que el Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas, tiene derecho a recibir tratamiento médico especializado en el extranjero cuando no haya logrado su total recuperación en el país; Que, de acuerdo a los dispositivos legales mencionados y teniendo en cuenta la importancia del viaje del Mayor Maestro Armero de la Policía Nacional del Perú Jorge Luís CASTRO TORRES, para recibir tratamiento médico especializado por presentar como diagnóstico “LESION DEL NERVIO CUBITAL IZQUIERDO, LESION DE NERVIO RADIAL IZQUIERDO, DISCOPATIA CERVICAL y LESION DE PLEXO BRAQUIAL IZQUIERDO”, en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) de La Habana - Cuba, por un período de treinta y cinco (35) días, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta viable la autorización correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú; Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005- IN, modifi cado por Decreto Supremo Nº 003-2007-IN y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Ministerial Nº 024-2009-IN/PNP del 16 de enero de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje al extranjero, del Mayor Maestro Armero de la Policía Nacional del Perú Jorge Luís CASTRO TORRES, para ser sometido a tratamiento médico especializado de “LESION DEL NERVIO CUBITAL IZQUIERDO, LESION DE NERVIO RADIAL IZQUIERDO, DISCOPATIA CERVICAL y LESION DE PLEXO BRAQUIAL IZQUIERDO”, en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) de La Habana - Cuba, por un período de treinta y cinco (35) días, a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al Mayor Maestro Armero de la Policía Nacional del Perú Jorge Luís CASTRO TORRES, la cantidad de Tres Mil Novecientos Sesenta y Seis con 55/100 Dólares Americanos (US$ 3,966.55); por concepto de pago de viáticos por permanencia del tratamiento médico especializado en el extranjero; y sufragará el gasto por concepto de pasaje que asciende a la cantidad de Novecientos Cincuenta y Seis con 00/100 Dólares Americanos (US$ 956.00), y Treinta y Uno con 00/100 Dólares Americanos (US$ 31.00), por concepto de Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA) para el mencionado Ofi cial Superior Maestro Armero de la Policía Nacional del Perú. Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, cubrirá los gastos que demande la evaluación y el tratamiento médico especializado de “LESION DEL NERVIO CUBITAL IZQUIERDO, LESION DE NERVIO RADIAL IZQUIERDO, DISCOPATIA CERVICAL y LESION DE PLEXO BRAQUIAL IZQUIERDO”, del Mayor Maestro Armero de la Policía Nacional del Perú Jorge Luís CASTRO TORRES, en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) de La Habana - Cuba, ascendente a la cantidad de Doce Mil Ochenta y Tres con 06/100 Dólares Americanos (US$ 12,083.06), por un período de treinta y cinco (35) días; y sufragará el gasto por concepto de pasaje que asciende a la cantidad de Novecientos Veinticinco con 00/100 Dólares Americanos (US$ 925.00) y Treinta y Uno con 00/100 Dólares Americanos (US$ 31.00) por concepto de Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA), para el acompañante. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días de haber retornado de viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 5º.- Dentro de los siete (7) días de haber retornado de viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, al Presidente de la República a través de la Secretaría del Consejo de Ministros. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior 637397-3 Designan Gobernador en el ámbito Regional de Huancavelica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0489 -2011-IN/1501 Lima, 6 de mayo de 2011 Visto, el Informe Nº 349-2011-IN-1508 de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior, sobre la Gobernación en el ámbito Regional de HUANCAVELICA. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0924-2009- IN/1501 del 27 de Noviembre de 2009 se procedió a designar a doña Liliana QUINTANA HUACCHO como Gobernador en el ámbito Regional de HUANCAVELICA; Que, es necesario dar por concluida la designación de la referida gobernadora, y designar a la Autoridad Política que corresponda, a fin de garantizar el normal funcionamiento de la citada gobernación regional; Con la opinión de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 -Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, modificado por el Decreto Supremo Nº 03-2007-IN y el Decreto Supremo Nº 003- 2009-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA a partir de la fecha, la designación de doña Liliana QUINTANA HUACCHO al cargo de Gobernadora en el ámbito Regional de HUANCAVELICA, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación.