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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de mayo de 2011 442121 del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de transferencia” El Ministerio de Salud transferirá de manera progresiva al Régimen Especial de Lima Metropolitana los bienes muebles, e inmuebles, recursos, personal, acervo documentario, posición contractual y obligaciones, pasivos y activos correspondientes a las Direcciones de Salud involucradas y sus órganos desconcentrados. 3.1 ETAPA INICIAL En la etapa inicial participan el MINSA, la MML y la Secretaría de Descentralización identifi cando aquellas acciones vinculadas al desarrollo del procedimiento administrativo de transferencia, y en tal sentido se considera las siguientes actividades: 1. Designación de Sub Comisión de Transferencia: La MML y el MINSA conformarán sus correspondientes sub comisiones de transferencia. 2. Compromisos de cumplimiento de Requisitos Generales: Con el Acuerdo Nº 434 del Consejo Metropolitano, del 7 de diciembre del 2007, la MML se comprometió a cumplir los Requisitos Generales establecidos en el artículo 7° de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales. 3. Informe Concertado de los requisitos específi cos: La MML y el MINSA revisarán en forma conjunta sus respectivos informes fi nales sobre los requisitos específi cos y lo presentarán a la Secretaría de Descentralización. 4. Aprobación de los Requisitos Específi cos en la Secretaría de Descentralización: La Secretaría de Descentralización aprobará los requisitos específi cos, en base al Informe Final presentado por la MML y el MINSA 3.2 ETAPA DE CERTIFICACIÓN Es el resultado de la evaluación sobre las condiciones para la transferencia de funciones a la MML en materia de la función de Salud, para lo cual se desarrollarán las siguientes actividades. 5. Elaboración del Informe Situacional por parte de la MML: La MML elabora un documento de carácter ejecutivo, en el cual describe y concluye resumidamente respecto de su situación ante la certifi cación para el ejercicio de las funciones sectoriales. Este documento será inmediatamente presentado a la Secretaría de Descentralización. 6. Elaboración del Informe Situacional por parte del MINSA: El MINSA elabora un documento de carácter ejecutivo, en el cual describe y concluye resumidamente respecto de la situación de la MML ante la certifi cación para el ejercicio de las funciones sectoriales. Este documento será inmediatamente presentado a la Secretaría de Descentralización. 7. Informe de Concordancia: La Secretaría de Descentralización emite su Informe de Concordancia, el cual plasma los consensos obtenidos en los informes situacionales presentados por la MML y el MINSA. 3.3 ETAPA DE ACREDITACIÓN Etapa en la cual se determina la procedencia o improcedencia de la transferencia de funciones sectoriales, de acuerdo a lo señalado en los Informes Situacionales del MINSA y de la MML, y en tal sentido se desarrolla las siguientes actividades: 8. Resolución Directoral de Acreditación: Acto Administrativo por el cual la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros luego de verifi car la concordancia entre el Informe Situacional del MINSA y el Informe Situacional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, procede a emitir la correspondiente Resolución de Directoral de Acreditación, conforme a lo establecido en la Directiva N° 001-2007- PCM/SD, acreditando a la Municipalidad Metropolitana de Lima, declarándola apta para recibir las funciones materia de transferencia. 3.4 ETAPA DE EFECTIVIZACIÓN Procedimiento para hacer efectiva la transferencia de las funciones sectoriales en materia de salud del MINSA a la MML, con sus correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones transferidas, para lo cual se desarrollarán las siguientes actividades: 9. Designación de los grupos de trabajo para la trasferencia de DISAS y REDES: Se conformarán grupos de trabajo con representantes del MINSA y de la MML, así como de las Direcciones de Salud, y de los órganos desconcentrados. De inmediato, cada grupo elaborará sus respectivos planes de trabajo y procederá a la ejecución de las actividades. (Ver anexo 1) 10. Elaboración y suscripción de las Actas Sustentatorias e Informe preliminar de DISAS y REDES: Los grupos de trabajo presentarán las Actas Sustentatorias e Informes correspondientes, que contienen el resultado de la identifi cación y cuantifi cación de los recursos asociados a las funciones de Salud, objeto de transferencia, que posteriormente serán suscritas por los representantes del MINSA y de la MML, en el marco de lo dispuesto por la Quinta Disposición Transitoria de la Ley No 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Dichas Actas Sustentatorias e Informes, habrán sido objeto de saneamiento y ordenamiento administrativo técnico y legal de activos y pasivos vinculados a las funciones a transferir, de ser pertinente. 11. Actas de Entrega y Recepción e informe fi nal de las DISAS y REDES El MINSA y la MML elaboraran las actas de entrega y recepción que serán suscritas por los titulares de ambas instancias o por quienes estos deleguen, mediante los dispositivos legales correspondientes. 12. Expedientes de Transferencia El MINSA elaborará el Expediente en (2) originales de igual contenido y valor, uno de los cuales es remitido a la Municipalidad Metropolitana de Lima, al concluir el proceso de efectivización de la transferencia de Funciones Sectoriales. Una (1) copia fedateada será remitida a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, para conocimiento y fi nes. 13. Resolución Ministerial que Formaliza la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima. El MINSA emitirá la Resolución Ministerial que formaliza la transferencia de las funciones sectoriales comprendidas en el Artículo 49° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en lo concerniente a las Direcciones de Salud y las Redes de Servicios de Salud. 14. Emisión del Decreto Supremo que transfi ere los recursos y declara concluido el proceso de transferencia de las DISAS y REDES El MINSA tramitará el Decreto Supremo de transferencia de recursos para el cumplimiento de las funciones en materia de Salud la misma que declara concluido el proceso de transferencia. 15. Designación de los grupos de trabajo para la trasferencia de Hospitales II-1 y II-E: Se conformarán grupos de trabajo con representantes del MINSA y de la MML, así como de los órganos desconcentrados. De inmediato, cada grupo elaborará sus respectivos planes de trabajo y procederá a la ejecución de las actividades. 16. Elaboración y suscripción de las Actas Sustentatorias e Informe preliminar de Hospitales II-1 y II-E: Los Subgrupos presentarán las Actas Sustentatorias e Informes correspondientes, que contienen el resultado de