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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2011 (07/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de mayo de 2011 442135 Declaran improcedente cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pesquera de matrícula PT-11884-CM RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 256-2011-PRODUCE/DGEPP Lima, 14 de abril del 2011 Visto el Escrito de Registro Nº 00005297-2011, Adjuntos 1 y 2 de fechas 22 y 29 de marzo del 2011, presentados por la señora LUZ MARITZA GALAN SANTISTEBAN, con Documento Nacional de Identidad Nº 43236534; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007- PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencia judicial que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada. En aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la vía administrativa o judicial, procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, encontrándose condicionada la vigencia a su resultado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 831-2008- PRODUCE/DGEPP de fecha 29 de diciembre del 2008, se aprobó a favor de la empresa PESQUERA SANTIS S.A.C, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de madera denominada PROFETA DANIEL II, de matrícula PT-11884-CM, de 99.88 m3 de capacidad de bodega, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 633-2010- PRODUCE/DGEPP de fecha 27 de setiembre del 2010, se declara la caducidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera PROFETA DANIEL II, de matrícula PT-11884-CM, otorgada por Resolución Directoral Nº 091-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 174-2002-CTAR PIURA/DIREPE- DR, y Resolución Directoral Nº 831-2008-PRODUCE/ DGEPP, únicamente en el extremo referido a los recursos jurel y caballa: Que, a la fecha, la embarcación pesquera PROFETA DANIEL II, de matrícula PT-11884-CM, con 99.88 m3 de capacidad de bodega, se encuentra inscrita en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción, a nombre de PESQUERA SANTIS S.A.C, con permiso de pesca vigente para la extracción de los recursos anchoveta y sardina (suspendida) para consumo humano directo, y anchoveta para consumo humano indirecto; Que, mediante escritos del visto, la señora LUZ MARITZA GALAN SANTISTEBAN, con Documento Nacional de Identidad Nº 43236534, solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 091-2002-CTAR-PIURA/DIREPE- DR, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 174-2002- CTAR PIURA DIREPE-DR, y Resolución Directoral Nº 831-2008-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera de madera PROFETA DANIEL II, de matrícula PT-11884-CM, de conformidad con lo establecido el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, como consecuencia del proceso de evaluación de la solicitud de cambio de titular de la embarcación pesquera PROFETA DANIEL II, de matrícula PT-11884- CM, mediante Ofi cio Nº 815-2011-PRODUCE/DGEPP- Dchi, de fecha 25 de febrero del 2011, se notifi có a la señora LUZ MARITZA GALAN SANTISTEBAN, para la subsanación de las observaciones a su solicitud de cambio de titular otorgándosele un plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de declarar improcedente su petitorio; Que, la administrada no ha cumplido con subsanar todas las observaciones planteadas a través del Ofi cio referido en el considerando que antecede, manifestando que al momento de la compra venta de la embarcación pesquera PROFETA DANIEL II de matrícula PT-11884- CM, de propiedad de la Empresa Pesquera Santis S.A.C, no registraba deudas que se estuvieran tramitando ante la Ofi cina de Ejecución Coactiva del Ministerio de la Producción; sin embargo, mediante Memorando Nº 75-2011-PRODUCE/OEC de fecha 20 de enero del 2011, el Ejecutor Coactivo nos informa que a la fecha la mencionada embarcación registra deudas cuya ejecución se viene tramitando en esa Ofi cina, por lo que corresponde declarar improcedente su solicitud; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº171- PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinión legal favorable de la Dchi mediante Memorando Nº 290-2011-PRODUCE/ DGEPP, e Informe Nº 427-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y modifi catorias; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar improcedente el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de madera PROFETA DANIEL II, de matrícula PT-11884-CM, solicitado por la señora LUZ MARITZA GALAN SANTISTEBAN, con Documento Nacional de Identidad Nº 43236534, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese YSAAC GUILLERMO CHANG DÍAZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 636367-1 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pesquera de matrícula PL-19963-CM a favor de personas naturales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 257-2011-PRODUCE/DGEPP Lima, 14 de abril del 2011 Visto: Los escritos con Registro Nº 00016077-2011 y adjunto 1, de fechas 21 de febrero y 26 de marzo del 2011, respectivamente, presentados por el señor JUAN ELEODORO GALAN CHIMOY y su cónyuge señora FELICIA GALAN MARTINEZ; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015- 2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que