Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2011 (09/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2011

cargo y dirige la policita interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar magistrados supernumerarios, conforme procede en el presente acto. Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del articulo 90° de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho, con efectividad a partir del dia diez de MORDAZA del presente ano. Articulo Segundo.- DESIGNAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA FRISANCHO, como Juez Supernumerario del Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho-Chosica, con efectividad a partir del once de MORDAZA del presente ano. Articulo Tercero.- DESIGNAR a MARLENY MORDAZA MORDAZA como Juez Supernumeraria del Octavo Juzgado de Trabajo Transitorio de MORDAZA, con efectividad a partir del trece de MORDAZA del presente ano. Articulo Cuarto.- DESIGNAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado de Paz Letrado Transitorio de MORDAZA, con efectividad a partir del dieciseis de MORDAZA del presente ano. Articulo Quinto.- Los jueces supernumerarios designados en la presente resolucion, conoceran los procesos que para cada juzgado se ha establecido en la resolucion administrativa N° 339-2011-P-CSJLI/PJ. Articulo Sexto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA, Consejo Nacional de la Magistratura y Oficina de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 637424-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Regulan el MORDAZA del Presupuesto Participativo Regional basado en resultados y dan inicio al MORDAZA correspondiente al Ano Fiscal 2012
ORDENANZA REGIONAL Nº 207-2011/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias.

Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion y Ley Nº 28607, en su articulo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 17º inciso 1) de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion de sus planes de desarrollo y presupuestos en la gestion publica; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatorias Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, senala que es competencia exclusiva del Gobierno Regional, planificar el desarrollo integral de la region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo, senalando que los miembros del Consejo de Coordinacion Regional emiten opinion consultiva y de coordinacion del gobierno regional con las municipalidades, concertando entre si, sobre: inciso a) El Plan Anual; el Presupuesto Participativo Anual; y, el Plan de Desarrollo Regional Concertado; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, y su modificatoria Ley Nº 29298, en su Articulo 1º define el MORDAZA del Presupuesto Participativo como "un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado ­ Sociedad Civil"; asimismo en su Articulo 4º, establece las instancias del presupuesto participativo, quienes deben formular su presupuesto participativo respetando el MORDAZA de competencias establecido en la Constitucion Politica del Peru y en las correspondientes leyes organicas, considerando para tal efecto criterios de alcance, cobertura de poblacion, asi como montos de ejecucion o envergadura; Que, el numeral 7.4 del articulo 7º del Reglamento de la Ley Nº 28056 Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, establece que el Gobierno Regional, mediante Ordenanza, dispone las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de agentes participantes; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01, de fecha 12 de MORDAZA de 2010, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 denominado "Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados", en el cual se establecen mecanismos y pautas para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el MORDAZA de la Ley del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, su modificatoria Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y la Ley Nº 28411-Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Dicho MORDAZA debe estar orientado a resultados con la finalidad que los proyectos de inversion esten claramente articulados a productos y resultados especificos que la poblacion necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran mas prioritarias para el desarrollo regional, evitando, de este modo ineficiencias en la asignacion de los recursos publicos; Que, el numeral 2.2 del Instructivo Nº 001-2010EF/76.01 denominado "Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados", establece como Roles del Consejo Regional en el Presupuesto Participativo: Aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso; fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del MORDAZA y Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, mediante Ley Nº 29298, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de diciembre de 2008, se modifican los articulos 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA

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