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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2011 (13/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de mayo de 2011 442389 de constitución, se han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 23º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Catalina”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adecuación de Constitución Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Catalina”; integrada por las Municipalidades Distritales de Laredo, Poroto y Simbal, en la Provincia de Trujillo, en el Departamento de La Libertad; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Catalina”, como sigue: - Presidente: Santos Eugenio Rafael Valdivia, alcalde de la Municipalidad Distrital de Simbal. - Director: Miguel Orlando Chávez Castro, alcalde de la Municipalidad Distrital de Laredo. - Director: Carlos Paulino Honorio Ruiz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Poroto. Artículo 3º.- Designación de Gerente General Inscribir la designación del Señor Marco Luján Rodríguez, como Gerente General de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Catalina”. Artículo 4º.- Registro de Anexos Inscribir el Estatuto, el Acta de Adecuación y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Adecuación de Constitución de la “Mancomunidad Municipal del Valle Santa Catalina”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 5º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 6º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 639378-1 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 347-2011-PCM/SD Lima, 11 de mayo de 2011. VISTOS: El Ofi cio Nº 005-2011-PCD-MANWARI/AYAC; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDI, de la Municipalidad Distrital de Iguaín; la Ordenanza Municipal Nº 003-2011-MDH, de la Municipalidad Distrital de Huamanguilla; la Ordenanza Municipal Nº 003-2011-MDL, de la Municipalidad Distrital de Luricocha; la Ordenanza Municipal Nº 006-2011-MDQ, de la Municipalidad Distrital de Quinua; la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDP, de la Municipalidad Distrital de Pacaycasa; y la Ordenanza Municipal Nº 006-2011-MDAV, de la Municipalidad Distrital de Acos Vinchos, el Acta de Adecuación de Constitución; el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Los Wari - MANWARI”; y el Informe Nº 008-2011–PCM/SD-OGI- NCHL; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010- PCM, establece que la inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal le otorga personería jurídica de derecho público a ésta; Que, con Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 034-2008-PCM/SD, de fecha 16 de mayo de 2008, se resolvió inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la Mancomunidad Municipal Los Wari - MANWARI”, integrada por las Municipalidades Distritales de Acos Vinchos, Quinua, Pacaycasa, Huamanguilla e Iguaín, departamento de Ayacucho; Que, con Resolución Nº 055-2008-PCM/SD, de fecha 3 de noviembre de 2008, se inscribió la adhesión de la Municipalidad Distrital de Luricocha a la referida mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 23º, establece el procedimiento de inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el Presidente de la “Mancomunidad Municipal Los Wari - MANWARI”, solicita la inscripción de la adecuación de constitución de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto modifi cado de la “Mancomunidad Municipal Los Wari - MANWARI” describe el siguiente objeto: a) Ejecución, construcción, ampliación y mejoramiento de los proyectos, planes y programas para el desarrollo económico local, social, medio ambiente y fortalecimiento institucional; b) Fomento de la cultura, y rescate de la identidad cultural; c) Promoción de la participación vecinal en el desarrollo local con el enfoque del territorio mancomunado; y d) Fomento de la inversión privada y promoción del empleo. Que, asimismo, en el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Municipal de Bajo Huallaga y Caynarachi” se describen los siguientes objetivos: a) Promover el desarrollo económico local del territorio mancomunado; b) Promover el desarrollo social con participación de la población del territorio mancomunado; c) Promover la gestión ambiental y conservación de los recursos naturales; y d) Promover el fortalecimiento institucional. Que, el Estatuto señala las funciones específi cas exclusivas que las municipalidades distritales intervinientes han acordado delegar a la mancomunidad municipal: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el distrito, tales como pistas o calzadas, vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación, locales comunales, electrifi cación y obras similares, en coordinación con las instancias correspondientes; b) Planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza; c) Ejecutar actividades