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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de mayo de 2011 442390 de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos a fi n de mejorar la competitividad; d) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción, sobre la elaboración y ejecución de programas, planes y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito; e) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito; f) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846; y g) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. Asimismo, las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la mancomunidad municipal las siguientes funciones específi cas compartidas: a) Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del medio ambiente; b) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes; y c) Promover actividades culturales diversas. Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Los Wari - MANWARI”, contiene información sobre su domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Los Wari - MANWARI”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Quinua, Iguaín, Huamanguilla, Pacaycasa, Acos Vinchos y Luricocha, aprueban la adecuación de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Los Wari - MANWARI”; ratifi cando el contenido del Acta de Adecuación de Constitución, la modifi cación del Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 008-2011–PCM/SD-OGI- NCHL, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto de adecuación de constitución, se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 23º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Los Wari - MANWARI”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adecuación de Constitución Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal Los Wari”; integrada por las Municipalidades Distritales de Quinua, Iguaín, Huamanguilla, Pacaycasa, Acos Vinchos y Luricocha, ubicadas en el Departamento de Ayacucho; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Los Wari - MANWARI”, como sigue: Presidente: Fidel Canales Huayllasco, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Iguaín; Director: Juan Rolando Pacheco Huamanrimachi, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huamanguilla; Director: Edgar Pelayo Sánchez Cruz, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Luricocha; Director: Pedro Bellido Rojas, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Quinua; Director: Alberto Justo Quispe Antezana, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacaycasa; y Director: Esteban Paucca Gutiérrez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Acos Vinchos. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Estatuto, el Acta de Adecuación y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Adecuación de Constitución de la “Mancomunidad Municipal Los Wari - MANWARI”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 639378-2 Disponen inscripción de las Mancomunidades Municipales Río Caracha - MHUANCALUSA y Tres Cuencas: Santa - Fortaleza - Pativilca, en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 348-2011-PCM/SD Lima, 11 de mayo de 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 007-2011-PCD-MHUANCALUSA/AYAC; el Informe Técnico de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 02-2011-MDS de la Municipalidad Distrital de Sacsamarca; la Ordenanza Municipal Nº 02-2011-MDSL de la Municipalidad Distrital de Santiago de Lucanamarca; la Ordenanza Municipal Nº 018-2011-MPHS de la Municipalidad Provincial de Huanca Sancos; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Río Caracha - MHUANCALUSA”; y el Informe Nº 025- 2011-PCM/SD-OGI-JLMM; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el