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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2011 (13/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de mayo de 2011 442398 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas para la continuación de la ejecución de proyectos de infraestructura social y económica, así como de promoción productiva en la zona del Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE DECRETO SUPREMO Nº 072-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 44º de la Constitución Política del Perú establece que como deber primordial del Estado, entre otros, la defensa de la soberanía nacional, la garantía de la plena vigencia de los derechos humanos, la protección de la población de las amenazas contra su seguridad y, la promoción del bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2007- DE se declara de necesidad pública y preferente interés nacional el esquema de intervención estratégica integral denominado “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE”, disponiéndose para tal fi n en el artículo 2º de dicha norma la constitución del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE, con el propósito de propiciar una intervención articulada de los distintos sectores y entidades del Estado, con un enfoque territorial, visión estratégica y responsabilidad compartida; Que, a través del Decreto Supremo Nº 021-2008- DE-SG se determina los distritos que forman parte del esquema de intervención estratégica denominado “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE”; Que, mediante el Oficio Nº 090-2011-PCM/DM y el Oficio Nº 142-2011-PCM/DM de la Presidencia del Consejo de Ministros, se requiere la transferencia priorizada de recursos para ser orientados al financiamiento de proyectos de infraestructura social y económica, así como de promoción productiva en la zona del Valle de los Ríos Apurímac y Ene – VRAE, a cargo de los Gobiernos Locales, los cuales serán ejecutados mediante el procedimiento de la Ley Nº 29030 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-MIMDES, con el fin de mejorar las condiciones de vida de la población de dicha zona e incentivar la participación activa de las autoridades locales y de la sociedad civil organizada; Que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, aprobado por la Ley Nº 29626, no se han autorizado recursos para el financiamiento de los proyectos indicados en el considerando precedente, por lo que, se atenderá con cargo a la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, resultando necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Locales señalados en el Anexo del presente decreto supremo, hasta por la suma de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 998 364,00); De conformidad con el numeral 3 del artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 998 364,00) con cargo a la Reserva de Contingencia, a favor de los Gobiernos Locales que se señalan en el Anexo que forma parte del presente decreto, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 009 Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA : 001 Administración General FUNCIÓN : 03 Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL : 008 Reserva de Contingencia SUB PROGRAMA FUNCIONAL : 0014 Reserva de Contingencia ACTIVIDAD : 000010 Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 RESERVA DE CONTINGENCIA S/. 14 998 364 ,00 ============== TOTAL S/. 14 998 364 ,00 ============== A LA SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS S/. 14 998 364 ,00 ============== TOTAL S/. 14 998 364 ,00 ============== Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Ejecución de los proyectos Los Gobiernos Locales detallados en el Anexo del presente decreto supremo, celebrarán convenios con las Organizaciones Representativas de la Comunidad - ORC de sus respectivas jurisdicciones, para la ejecución y transferencia de pequeños proyectos de infraestructura social y económica así como de promoción productiva que se encuentren comprendidos en los acuerdos de los procesos de presupuesto participativo del Año Fiscal 2011, que serán fi nanciados con los recursos señalados en el artículo precedente, en el marco del esquema de intervención estratégica integral “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE”, y la Ley Nº 29030 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 2009-MIMDES. Artículo 5º.- Supervisión La Secretaría Ejecutiva del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE velará por el cumplimiento del