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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2011 (13/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de mayo de 2011 442402 Nº 26438 y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Declaraciones y seguridades Otórguese mediante contrato, las seguridades y garantías del Estado de la República del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones a cargo del Estado Peruano, contenidas en el Contrato de Compromiso de Inversión del Proyecto: “Energía de Centrales Hidroeléctricas”, a celebrarse con la empresa Cerro del Aguila S.A. Artículo 2º.- Ámbito de las seguridades y garantías La amplitud de las seguridades y garantías a que se refi ere el artículo precedente, será la que determine el Contrato de Compromiso de Inversión, observándose lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 674 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 070-92-PCM y por el Artículo 2° del Decreto Ley Nº 25570, sustituido por el Artículo 6° de la Ley Nº 26438, Ley que precisa alcances y modifi ca diversos artículos del Decreto Legislativo Nº 674, referido al proceso de promoción de la inversión privada. Esta garantía no constituye una garantía fi nanciera. Artículo 3º.- Suscripción de documentos Autorízase al Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas a suscribir, en representación del Estado de la República del Perú, el contrato a que se refi ere el artículo 1º del presente decreto supremo. Artículo 4º.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de mayo del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 639764-3 Designan Asesor Ad-Honorem del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 333-2011-EF/10 Lima, 12 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43, el Ministerio de Economía y Finanzas tiene como función, entre otras la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, en ese contexto, se ha considerado conveniente contar con un profesional para que asesore al Despacho Ministerial a efectos de cumplir de manera eficiente con las funciones señaladas en el mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Otto Eduardo Egúsquiza Roca, como Asesor Ad-Honorem del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 639735-1 Autorizan viajes de representantes del Ministerio para participar en la I Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Complementación Productiva y Comercial entre Perú y Venezuela RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 334-2011-EF/43 Lima, 12 de mayo de 2011 Visto el Memorando N° 106-2011-EF/15.01, de fecha 05 de mayo de 2011 del Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre autorización de viajes. CONSIDERANDO: Que, del 18 al 20 de mayo de 2011, se desarrollará en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, la I Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Complementación Productiva y Comercial entre Perú y Venezuela, cuyo objetivo principal es tener un marco jurídico estable para las relaciones comerciales bilaterales, para mantener las preferencias arancelarias entre las partes; Que, mediante Facsímil Circular N° 71-2011- MINCETUR/VMCE/DNINCI, el Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Vice Ministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas en dicha Ronda de Negociaciones; Que, mediante Ofi cio N° 152-2011-EF/15.01 el Viceministro de Economía designó a los señores Luis Monroy Rojas, Asistente en Servicio Económico Financiero II y Franco Maldonado Carlín, Consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad, como representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, para que participen en la mencionada I Ronda; Que, el inciso a), numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, así como de negociaciones económicas y financieras se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, siendo de interés para el país, es necesario autorizar dichos viajes, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N° 27619 y N° 29626 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, los viajes en comisión de servicio de los señores Luis Monroy Rojas, Asistente en Servicio Económico Financiero II y Franco Maldonado Carlin, Consultor de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Caracas, República de Venezuela, del 17 al 21 de mayo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: