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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2011 (17/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de mayo de 2011 442586 Designan responsable del Libro de Reclamaciones y autorizan su implementación en cada sede de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 149-2011-PCM Lima, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 042-2011- PCM, se establece la obligatoriedad de las entidades de la Administración Pública de contar con un Libro de Reclamaciones, en el cual los usuarios puedan formular sus reclamos, entendidos como la expresión de insatisfacción o disconformidad respecto de la atención brindada por la entidad pública en el ejercicio de su función administrativa; Que, el artículo 5° del referido Decreto Supremo establece que mediante resolución del titular de la entidad, se designará al responsable del Libro de Reclamaciones de cada entidad; Que, en tal sentido, resulta pertinente designar al Jefe de la Ofi cina de Recursos Humanos como responsable del Libro de Reclamaciones de la entidad; De conformidad a lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar como responsable del Libro de Reclamaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, al Jefe de la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración, quien deberá velar por su correcto uso y brindar respuesta oportuna a los reclamos que fuesen registrados en él. Artículo 2°.- Autorizar la implementación de un Libro de Reclamaciones por cada sede de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 3°.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial al funcionario designado, a la Ofi cina General de Administración y al Órgano de Control Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 641057-1 Aprueban donaciones dinerarias en cumplimiento de lo dispuesto en la Cláusula Décimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR de Convenios suscritos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 151-2011-PCM Lima, 16 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 071-2006-EM, se aprobó el formato del Convenio para el aporte económico voluntario, extraordinario y temporal denominado “Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo” que celebran el Estado y las Empresas Mineras; Que, de acuerdo a la Cláusula Décimo Sexta – Reparaciones Colectivas, del formato de Convenio antes señalado, se contempla que, “Como excepción, con cargo al FONDO MINERO REGIONAL XX y hasta por el 4% anual del mismo, se podrá financiar actividades que el ESTADO solicite, para asistirlo en las REPARACIONES COLECTIVAS establecidas en el informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), sin asumir la EMPRESA, por ello, responsabilidad alguna sobre estas acciones o por el uso de estos recursos”; Que, mediante el Informe N° 026-2011-PCM/OAF la Ofi cina de Asuntos Financieros de la Presidencia del Consejo de Ministros comunica que, en el marco del Convenio “Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo”, la Presidencia del Consejo de Ministros ha recibido las donaciones dinerarias siguientes: Depósitos en Moneda Nacional recibidos: Banco: Banco de la Nación Tipo y N° de cuenta bancaria: Cuenta Corriente N° 00-000-863149 Denominación de cuenta bancaria: Donaciones Fondo Minero / Reparaciones Colectivas CVR Recibo de Ingreso Nº Donante Fecha del registro financiero Importe donado S/. 001-2011 COMPAÑÍA MINERA MILPO S.A.A. 19/04/2011 S/. 60,798.83 002-2011 COMPAÑÍA MINERA MILPO S.A.A. 19/04/2011 S/. 21,108.34 003-2011 COMPAÑÍA MINERA ATACOCHA S.A.A. 19/04/2011 S/. 11,948.11 TOTAL S/. 93,855.28 Que, de acuerdo al artículo 69° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales e internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, debiendo ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las (05) cinco Unidades Impositivas Tributarias; Contando con los visados de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las siguientes donaciones dinerarias, en cumplimiento de lo dispuesto en la Cláusula Décimo Sexta – Reparaciones Colectivas CVR de los Convenios suscritos: Depósitos en Moneda Nacional recibidos: Banco: Banco de la Nación Tipo y N° de cuenta bancaria: Cuenta Corriente N° 00-000-863149 Denominación de cuenta bancaria: Donaciones Fondo Minero / Reparaciones Colectivas CVR Recibo de Ingreso Nº Donante Fecha del registro financiero Importe donado S/. 001-2011 COMPAÑÍA MINERA MILPO S.A.A. 19/04/2011 S/. 60,798.83 002-2011 COMPAÑÍA MINERA MILPO S.A.A. 19/04/2011 S/. 21,108.34 003-2011 COMPAÑÍA MINERA ATACOCHA S.A.A. 19/04/2011 S/. 11,948.11 TOTAL S/. 93,855.28 Artículo 2°.- Estos fondos públicos percibidos se destinarán a la atención de Proyectos de Inversión Pública, proyectos productivos y otras actividades de Reparación Colectiva contempladas en el artículo 27° del Reglamento de la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2006-JUS, que se encuentren comprendidas en el Programa de Reparaciones Colectivas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 641057-2 AGRICULTURA Renuevan designaciones de representantes del Ministerio ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0175-2011-AG Lima, 12 de mayo de 2011