Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2011 (17/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

442588
Proyecto Chavimochic Chinecas Ene 202,46 156,38 Feb 202,82 179,08 Mar 231,05 200,45

NORMAS LEGALES
Abr 225,34 196,23 May 88,41 89,75 Jun 29,33 66,06 Jul 21,20 52,89 Ago 16,95 49,36 Set 8,94 51,62 Oct 19,24 74,58 Nov 59,38 80,78

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2011

Dic 138,73 90,44

Total 1 243,85 1287,62

Que, el Informe Tecnico Nº 154-2011-ANA-DARH/ ORDA/ACF, de la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos, refiere que la Administracion Local de Agua Moche-Viru-Chao mediante Resolucion Administrativa Nº 027-2010-ANA-ALA Moche-Viru-Chao aprobo el Estudio Definitivo de la "Propuesta de Actualizacion de Asignacion de Agua en Bloques en los valles Moche, MORDAZA, Chao, Guadalupito e Intervalles", en el cual se establecio que el volumen anual de las licencias de uso de agua otorgadas en el ambito del Proyecto Especial Chavimochic es de 339,60 MMC;
Disponibilidad Hidrica Asignada (MMC) 1 583,45 1 344,50

Que, el citado informe senala que al existir una diferencia entre el volumen anual de las licencias de uso de agua emitidas en el ambito del Proyecto Especial Chavimochic, que dio origen al valor consignado en la reserva otorgada mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-AG y el volumen anual establecido por la Administracion Local de Agua Moche-Viru-Chao en el Estudio Definitivo de la " Propuesta de Actualizacion de Asignacion de Agua en Bloques en los valles Moche, MORDAZA, Chao, Guadalupito e Intervalles", corresponde actualizar el volumen de agua en la prorroga de reserva del mencionado proyecto, de acuerdo con el siguiente detalle:
Prorroga de Reserva de Agua Licencia actualizada 2010 consolidacion PROFODUA (MMC) 339.60 Reserva de Agua a otorgarse (MMC) 1 243,85 1 287,62

Decreto Supremo Nº 003-2009-AG Licencias otorgadas PROFODUA 2004 (MMC) 369.70 56.88 Reserva de Agua Otorgada (MMC) 1 213,75 1 287,62

Proyecto Especial

CHAVIMOCHIC CHINECAS

Estando a lo opinado por la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos y la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Secretaria General, asi como de conformidad con lo establecido por la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338 y el articulo 206º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorroga de la reserva de recursos Hidricos Prorroguese por dos anos adicionales, a favor de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas, la reserva de recursos hidricos otorgada por Decreto Supremo Nº 003-2009-AG, la misma que comprende las aguas superficiales de libre disponibilidad del rio MORDAZA, precisando que luego del balance realizado, la reserva de recursos hidricos a nivel mensual en millones de metros cubicos (MMC) para cada proyecto, es el siguiente:

Disponibilidad Hidrica Chavimochic Chinecas (m3/s) MMC (m /s)
3

Ene 75,59 202,46 58,39 156,38

Feb 82,37 202,82 72,73 179,08

Mar 86,26 231,05 74,84 200,45

Abr 86,94 225,34 75,70 196,23

May 33,01 88,41 33,51 89,75

Jun 11,32 29,33 25,49 66,06

Jul 7,92 21,20 19,75 52,89

Ago 6,33 16,95 18,43 49,36

Set 3,45 8,94 19,92 51,62

Oct 7,18 19,24 27,84 74,58

Nov 22,91 59,38 31,17 80,78

Dic 53,52

Total

138,73 1 243,85 34,89 90,44 1287,62

MMC

Articulo 2º.- Determinacion del caudal ecologico Precisar que el volumen del Proyecto Especial Chinecas, incluye el caudal ecologico para el tramo comprendido entre la bocatoma Condorcerro y desembocadura al mar, el mismo que no debera ser menor a un caudal continuo de 5 m3/s, equivalente a 157.68 MMC anuales. Articulo 3º.- De la supervision de la reserva de recursos hidricos La Direccion de Conservacion y Planeamiento de

Recursos Hidricos, es responsable de supervisar el cumplimiento de la presente Resolucion Jefatural. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA PAGADOR MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua

641005-1

AMBIENTE
Designan funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio del Ambiente y del cumplimiento de lo dispuesto en el D.S. Nº 042-2011-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL N° 100-2011-MINAM
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se establecio la obligacion de las entidades publicas comprendidas en los numerales 1 al 7 del articulo I del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444, entre ellas, el Ministerio del Ambiente, de contar con un Libro de Reclamaciones como

mecanismo de participacion ciudadana y salvaguarda de los derechos de los usuarios; Que, el articulo 3 del mencionado Decreto Supremo, senala que el Libro de Reclamaciones es uno en el que los usuarios podran formular sus reclamos, debiendo consignar, ademas, informacion relativa a su identidad y aquella otra necesaria a efectos de darle repuesta, de acuerdo al formato aprobado por esa misma MORDAZA como anexo; Que, el articulo 5 del referido Decreto Supremo, dispone que mediante resolucion del titular de la entidad se designara al responsable del Libro de Reclamaciones, informando al Organo de Control Institucional sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM; Que, en consecuencia, es necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio del Ambiente; Con el visado de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, el Decreto Supremo Nº 007-2008MINAM y el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.