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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de mayo de 2011 442597 complementación empresarial y productiva para ambos países; Que, mediante Nota DISTD Nº 2503 el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia propone la celebración de la X Reunión de la Comisión de Vecindad e Integración Peruano – Colombiana (CVIPC) en Bogotá, el 19 de mayo de 2011; Que, es necesario que los Secretarios Ejecutivos de la CVIPC se reúnan, del 17 al 18 de mayo de 2011, a fi n de revisar los acuerdos adoptados desde la celebración de la última reunión de la CVIPC, en marzo de 2009, así como evaluar el estado y avances de los trabajos a cargo de los Comités Técnicos Binacionales con miras a elaborar las propuestas que serán elevadas a consideración de los señores Viceministros, para su aprobación por la CVIPC; Teniendo en cuenta los Memoranda (DGA) N° DGA0237/2011, de la Dirección General de América, de 05 de mayo de 2011; y (OPR) N° OPR0828/2011, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 06 de mayo de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con la Ley del Servicio Diplomático de la República y su Reglamento; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 17 al 19 de mayo de 2011, que participarán en la reunión de Secretarios Ejecutivos de la Comisión de Vecindad e Integración Peruano-Colombiana y la X Reunión de la Comisión de Vecindad e Integración Peruano-Colombiana: • Ministro en el Servicio Diplomático de la República Agustín Francisco de Madalengoitia Gutiérrez, Director de América del Sur y Secretario Ejecutivo (Comisión Nacional Peruana) de la Comisión de Vecindad e Integración Peruano Colombiana; • Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Julio César Sánchez Cornejo, encargado del Departamento Colombia de la Dirección General de América. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Agustín Francisco de Madalengoitia Gutiérrez 911.00 200.00 3+1 800.00 Julio César Sánchez Cornejo 911.00 200.00 3+1 800.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia, encargada del Despacho de Relaciones Exteriores 640639-1 SALUD Autorizan viaje de la Viceministra de Salud para participar en la 64° Asamblea Mundial de la Salud que se llevará a cabo en Suiza RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2011-SA Lima, 13 de mayo del 2011 Visto el Expediente N° 11-013996-001; y, CONSIDERANDO: Que en la ciudad de Ginebra, Suiza, se llevará a cabo la 64° Asamblea Mundial de la Salud (AMS), del 16 al 24 de mayo de 2011; Que mediante Nota Informativa N° 127-2011-OGCI/ MINSA, la Directora General de la Ofi cina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, informa sobre la realización del mencionado evento, señalando que los temas centrales a tratarse serán el Cólera, las Enfermedades Crónicas, los Sistemas de Salud, el Paludismo y los Objetivos de Desarrollo del Milenio; Que considerando la importancia de los temas a tratar en dicho evento, resulta relevante la participación de un representante del Ministerio de Salud en tal reunión; Que en tal sentido, es necesario autorizar el viaje de la médico cirujano Zarela Esther Solís Vásquez, Viceministra de Salud a la ciudad de Ginebra, Suiza, así como encargar el Despacho Viceministerial, en tanto dure la ausencia del titular; y, Que los gastos de pasajes, viáticos y gastos de TUUA para la participación en el precitado evento, serán asumidos con cargo a la Unidad Ejecutora 01-Sede Central-del Pliego 11 - Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, así como el Decreto Legislativo Nº 1025, que aprueba normas de capacitación y rendimiento para el sector público, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la médico cirujano Zarela Esther Solís Vásquez, Viceministra de Salud, a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 14 al 26 de mayo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por la Unidad Ejecutora 01-Sede Central-del Pliego 11 - Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos (US$ 2800.00 + T.U.A.A.) : US$ 2,831.00 - Viáticos (US$ 2860.00) : US$ 2,860.00 Total : US$ 5,691.00 Artículo 3º.- Encargar las funciones de Viceministro de Salud, a la abogada Úrsula Desilú León Chempén, Secretaria General del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones, mientras dure la ausencia del titular. Artículo 4°.- Disponer que la médico cirujano Zarela Esther Solís Vásquez, dentro de los 15 días posteriores a su retorno, presente a la Alta Dirección, con copia a la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento objeto de la presente Resolución. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de ninguna clase o denominación.