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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de mayo de 2011 442595 contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 641049-3 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionario del Banco de la Nación a Paraguay para asistir a la 41a. Reunión de la Asociación Ordinaria de la Asamblea General de ALIDE RESOLUCIÓN SUPREMA N° 031-2011-EF Lima, 16 de mayo de 2011 Vista, la Carta EF/92.2000 Nº 073-2011 del Banco de la Nación, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, mediante carta de febrero de 2001, la Asociación Latinoamericana de Instituciones Financieras para el Desarrollo, ALIDE, convoca al Banco de la Nación a participar en la 41ª Reunión de la Asociación Ordinaria de la Asamblea General de ALIDE que se llevará a cabo los días 19 y 20 de mayo de 2011, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, en el que se abordarán temas vinculados a la mejora de la competitividad fi nanciera, enfoques actuales y buenas prácticas de la Banca de Desarrollo en apoyo a las PYMES, innovación y desarrollo tecnológico, consideraciones sobre Basilea III, entre otros temas; Que, el Directorio del Banco de la Nación, en Sesión Nº 1853 de fecha 28 de abril de 2011, autorizó el viaje del señor Miguel Alberto Flores Bahamonde, Gerente, Jefe del Departamento de Finanzas del Banco de la Nación, para que asista a la indicada Asamblea General; Que, el Plan Estratégico 2009-2013 del Banco de la Nación establece que uno de los objetivos estratégicos consiste en desarrollar una nueva cultura organizacional, en el cual el Banco aplicará mecanismos que conlleven a potenciar la mejora de las capacidades humanas, los procesos y las tecnologías de información que se orientarán al fortalecimiento organizacional, por lo que resulta de interés institucional que el personal del Banco asista a cursos de capacitación en el exterior con el objetivo de actualizar en temas de integración fi nanciera y banca de desarrollo; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Banco de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29626, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 263-2010-EF y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Entidades bajo el ámbito de FONAFE modifi cada por Acuerdo de Directorio Nº 003- 2006/011-FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Miguel Alberto Flores Bahamonde, Gerente, Jefe del Departamento de Finanzas del Banco de la Nación, del 18 al 21 de mayo de 2011, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos del presupuesto del Banco de la Nación de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes : US$ 1 270,53 - Viáticos : US$ 600,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 641058-6 Aprueban actualización de la clasificación de las entidades según el grado de ejecución financiera de los recursos asignados para gastos en proyectos de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 340-2011-EF/15 Lima, 16 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 28939, Ley que aprueba el Crédito Suplementario y Transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006 dispone la creación de fondos y dicta otras medidas, se creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, destinado al cofi nanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de inversión de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con la fi nalidad de reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica; Que, mediante la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local – FONIPREL, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 204-2007-EF, se establecieron la implementación y el funcionamiento del FONIPREL; Que, el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 037-2009, incorporó el literal k) en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 29125, a fi n de incluir como criterio de asignación de recursos el grado de ejecución fi nanciera de los recursos asignados para gastos en proyectos de inversión; Que, el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 037-2009, dispone que la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 29125, se aprueba por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Secretaria Técnica del FONIPREL; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 274-2011-EF/15, se aprobó la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en los literales del a) al j) del numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 29125, señalándose en el Anexo Nº 02 “Especifi cación de jerarquía y ponderación de los criterios de asignación de los recursos del FONIPREL: Defi nición del algoritmo para asignar los recursos del FONIPREL”, de dicha Resolución, que se deberá tomar en cuenta el grado de ejecución fi nanciera de los recursos asignados para gastos en proyectos de inversión, entre otros, para efectos de la asignación de los recursos del Fondo; Que, de acuerdo a lo señalado es necesario aprobar la actualización de la clasifi cación de las Entidades según el grado de ejecución fi nanciera de los recursos asignados para gastos en proyectos de inversión a que se refi ere el literal k) del numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 29125;