Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2011 (17/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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VISTO: Los Oficios Nºs. 0224-2011-GRLL-PRE y 0225-2011GRLL-PRE, ambos de fecha 04 de MORDAZA de 2011, del Presidente del Gobierno Regional La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0435-2009AG, de fecha 05 de junio de 2009, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC; Que, asimismo mediante Resolucion Ministerial Nº 0583-2009-AG, de fecha 06 de agosto de 2009, se designo al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de Agricultura en el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC; Que, el articulo 4 del Decreto Supremo Nº 017-2003VIVIENDA establece que la designacion en el cargo de miembro del Consejo Directivo del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC es por el plazo de dos anos, pudiendo ser renovado; Que, se ha visto por conveniente renovar las designaciones realizadas a los mencionados funcionarios; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Renovar, las designaciones de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representantes del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

Nº 997 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la Directora de la Unidad de Gestion Documentaria, como funcionaria responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Agricultura; y, de asegurar el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

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Prorrogan reserva de recursos hidricos a favor de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas
RESOLUCION JEFATURAL Nº 272-2011-ANA
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2011 VISTO: Los escritos de fechas 14.02.2011 y 09.03.2011, mediante los cuales el Gerente General del Proyecto Especial Chavimochic y el Gerente General del Proyecto Especial Chinecas, respectivamente, solicitan la prorroga de la reserva de recursos hidricos a favor de los citados Proyectos; y, CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 103º de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, mediante resolucion de la Autoridad Nacional se puede reservar un volumen de agua para el desarrollo de proyectos, asimismo; el numeral 5 del articulo 15º de la misma ley, senala que es funcion de la Autoridad Nacional, aprobar previo estudio tecnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando asi lo requiera el interes de la nacion; Que, el numeral 208.1 del articulo 208º concordante con el numeral 206.3 del articulo 206º del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, senala que la reserva de recursos hidricos, se otorga por un periodo MORDAZA de dos anos prorrogables mientras subsistan las causas que la motivan; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 10112008-INRENA-IRH se aprobo el acta de acuerdos suscrita el 17.11.2008, entre los Gerentes Generales de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas y la Intendencia de Recursos Hidricos, estableciendose una disponibilidad hidrica anual del rio MORDAZA para el Proyecto Especial Chavimochic de 1 583,45 MMC y para el proyecto Especial Chinecas de 1 344,50 MMC, las que serian destinadas para los usos operacionales de ambos proyectos, en su fase de culminacion; Que, con Decreto Supremo Nº 003-2009-AG, se reservo las aguas del rio MORDAZA a favor del Proyecto Especial Chavimochic un volumen anual 1 213,75 MMC y para el Proyecto Especial Chinecas un volumen anual de 1 287,62 MMC, valores que fueron resultado de la diferencia entre los volumenes establecidos en la disponibilidad hidrica senalada en el considerando precedente y en las licencias de uso de agua otorgadas en el ambito de ambos proyectos; Que, mediante Informe Tecnico Nº 053-2011-ANADCPRH-SUP/FCC, la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, concluye que es factible otorgar la ampliacion del plazo de la reserva de recursos hidricos para los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas, indicando que luego del balance realizado, la reserva de recursos hidricos a nivel mensual en millones de metros cubicos (MMC) para cada proyecto, debera ser la siguiente:

641008-1

Designan funcionaria responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0176-2011-AG
MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2011 VISTO: La Nota Interna Nº 081-2011-AG SEGMA, de fecha 11 de MORDAZA de 2011 del Secretario General del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011PCM se establecio la obligacion de las entidades de la Administracion Publica, comprendidas en los numerales del 1 al 7 del articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, de contar con un Libro de Reclamaciones en el cual los usuarios podran formular sus reclamos; Que, el articulo 5º del citado Decreto Supremo, dispone que mediante resolucion del titular de la entidad se designara al responsable del Libro de Reclamaciones y se informara al organo de control institucional, sobre el cumplimiento de dicho Decreto Supremo; Que, asimismo, mediante la Nota del Visto, el Secretario General del Ministerio de Agricultura ha formulado la propuesta de designar a la Directora de la Unidad de Gestion Documentaria, como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Agricultura; Que, en consecuencia, es necesario proceder a su designacion; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo

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