Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2011 (29/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

443477

El deficit del aporte para Ministerio de Educacion y Parques Zonales sera redimido en dinero ante la entidad competente previo a la Recepcion de Obras. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con el Proyecto de Obras Generales de Agua Potable y Alcantarillado aprobado por Sedapal debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; correspondiendo ademas, tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y termino de las obras. ENERGIA ELECTRICA: Electricidad.- Los interesados deberan solicitar a LUZ DEL SUR la instalacion definitiva de las obras parciales ejecutadas correspondientes a las redes primarias y secundarias de energia electrica publica y domiciliaria, los cuales seran ejecutados de acuerdo a los planes de expansion de dicha compania. PAVIMENTACION DE PISTAS Y VEREDAS: Aceras.- Sera de concreto simple de 4" de espesor con una resistencia a la compresion axial de f´c=140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4" de espesor compactada al 100% de la densidad seca del MORDAZA estandar. Sardineles.- Se construira sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construira en ambos lados. El vertido del concreto debera realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregacion de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberan construirse, con un pavimento de las mismas caracteristicas de las calzadas adyacentes. Asi tambien estas quedaran en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas tecnicas NTE U.190 adecuacion urbanistica para personas con discapacidad, aprobadas por R.M. Nº 069-2001MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001. Articulo Tercero.- DISPONER, que el Lote unico quede como garantia de pago del deficit del aporte del Ministerio de Educacion y Parques Zonales, los cuales se redimira en dinero previo a la Recepcion de Obra de conformidad con el Articulo 10 de la Ordenanza 836MML. Articulo Cuarto.- DISPONER la Publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de (30) dias calendario contados a partir de su notificacion a cargo de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos para los efectos de la inscripcion de la Habilitacion MORDAZA, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, al Ministerio de Educacion, a Serpar MORDAZA, y a los interesados para su conocimiento y fines. Articulo Sexto.- Solicitar la autorizacion conforme al MORDAZA Ordenanza Nº 151-2004-MJM, para la ejecucion de obras civiles en via publicas de ser el caso (Servicios electricos y/o Sanitarios) y en caso de ocupacion temporal de la via publica, por material de construccion, cercos y/o casetas. Articulo Septimo.- En caso de obras de modificacion y mejoramiento en areas de uso publico debera solicitar la autorizacion correspondiente, y de requerir la MORDAZA o traslado de arboles se debera contar con la autorizacion de la Sub. Gerencia de Desarrollo Ambiental, segun el TUPA. Articulo Octavo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion Sub-Gerencial a la Sub-Gerencia de

Control MORDAZA y Catastro y la Sub-Gerencia de Obras Publicas y Proyectos de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZENTENO MORDAZA Sub Gerente Subgerencia de Licencias y Autorizaciones 645819-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban cambio de denominacion del Plan Integral Participativo de Gestion de Residuos Solidos por el de Plan Distrital de Gestion de Residuos Solidos de San MORDAZA y su actualizacion
ORDENANZA Nº 455 -MSB San MORDAZA, 29 de MORDAZA 2011. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto, en la VIII-2011 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de MORDAZA de 2011, el Dictamen Nº 017-2011-MSBCAL de la Comision de Asuntos Legales y el Dictamen Nº 001-2011-MSB-CSCMA de la Comision de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, por medio de los cuales recomiendan al Concejo Municipal la aprobacion del Proyecto de Ordenanza que actualiza el Plan Integral Participativo de Gestion de Residuos Solidos y modifica la denominacion a Plan Distrital de Gestion de Residuos Solidos del Distrito de San MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, en los articulos 2º y 67º de la Constitucion Politica del Peru, se establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su MORDAZA, siendo el Estado el que determina la Politica Nacional del Ambiente. Que, conforme al articulo 191º de la Constitucion politica del Peru, modificada por el articulo Unico de la Ley 28607, las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 10 de la Ley General de Residuos Solidos, Ley Nº 27314, modificado por el articulo 1º del Decreto Legislativo 1065, establece que las Municipalidades Distritales son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de residuos solidos de origen domiciliario, comercial y similares a estos, asi como de la limpieza de vias similares a estos, al igual que la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion y su adecuada disposicion final. Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004PCM, senala en su articulo 8º numeral 2, que a las municipalidades distritales les corresponde asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos solidos en su jurisdiccion, debiendo garantizar la adecuada disposicion final de los mismos. Que, el gobierno local requiere dotarse de un MORDAZA legal, MORDAZA especifico en materia de gestion ambiental que la regule, estableciendo lineamientos de politica e instrumentos de gestion. Que, la Municipalidad de San MORDAZA mediante la Ordenanza Nº 407 del 17 de diciembre de 2007, aprobo el Plan Integral Participativo de Gestion de Residuos Solidos,

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