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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2011 (29/05/2011)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de mayo de 2011 443477 El défi cit del aporte para Ministerio de Educación y Parques Zonales será redimido en dinero ante la entidad competente previo a la Recepción de Obras. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el Proyecto de Obras Generales de Agua Potable y Alcantarillado aprobado por Sedapal debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; correspondiendo además, tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación defi nitiva de las obras parciales ejecutadas correspondientes a las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por R.M. Nº 069-2001- MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001. Artículo Tercero.- DISPONER, que el Lote único quede como garantía de pago del défi cit del aporte del Ministerio de Educación y Parques Zonales, los cuales se redimirá en dinero previo a la Recepción de Obra de conformidad con el Articulo 10 de la Ordenanza 836- MML. Artículo Cuarto.- DISPONER la Publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano en el plazo de (30) días calendario contados a partir de su notifi cación a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para los efectos de la inscripción de la Habilitación Urbana, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, al Ministerio de Educación, a Serpar Lima, y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Artículo Sexto.- Solicitar la autorización conforme al TUPA Ordenanza Nº 151-2004-MJM, para la ejecución de obras civiles en vía públicas de ser el caso (Servicios eléctricos y/o Sanitarios) y en caso de ocupación temporal de la vía pública, por material de construcción, cercos y/o casetas. Artículo Séptimo.- En caso de obras de modifi cación y mejoramiento en áreas de uso público deberá solicitar la autorización correspondiente, y de requerir la tala o traslado de árboles se deberá contar con la autorización de la Sub. Gerencia de Desarrollo Ambiental, según el TUPA. Artículo Octavo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Sub-Gerencial a la Sub-Gerencia de Control Urbano y Catastro y la Sub-Gerencia de Obras Públicas y Proyectos de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. NORMA ROCIO ZENTENO SANTANA Sub Gerente Subgerencia de Licencias y Autorizaciones 645819-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban cambio de denominación del Plan Integral Participativo de Gestión de Residuos Sólidos por el de Plan Distrital de Gestión de Residuos Sólidos de San Borja y su actualización ORDENANZA Nº 455 -MSB San Borja, 29 de abril 2011. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA POR CUANTO: Visto, en la VIII-2011 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de abril de 2011, el Dictamen Nº 017-2011-MSB- CAL de la Comisión de Asuntos Legales y el Dictamen Nº 001-2011-MSB-CSCMA de la Comisión de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, por medio de los cuales recomiendan al Concejo Municipal la aprobación del Proyecto de Ordenanza que actualiza el Plan Integral Participativo de Gestión de Residuos Sólidos y modifi ca la denominación a Plan Distrital de Gestión de Residuos Sólidos del Distrito de San Borja, CONSIDERANDO: Que, en los artículos 2º y 67º de la Constitución Política del Perú, se establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente. Que, conforme al artículo 191º de la Constitución política del Perú, modifi cada por el artículo Único de la Ley 28607, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 10 de la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Legislativo 1065, establece que las Municipalidades Distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y similares a éstos, así como de la limpieza de vías similares a estos, al igual que la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción y su adecuada disposición fi nal. Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004- PCM, señala en su artículo 8º numeral 2, que a las municipalidades distritales les corresponde asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos sólidos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos. Que, el gobierno local requiere dotarse de un marco legal, claro específi co en materia de gestión ambiental que la regule, estableciendo lineamientos de política e instrumentos de gestión. Que, la Municipalidad de San Borja mediante la Ordenanza Nº 407 del 17 de diciembre de 2007, aprobó el Plan Integral Participativo de Gestión de Residuos Sólidos,