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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de mayo de 2011 443476 Único con fi nes de Conjunto Residencial, (modalidad C - Aprobación con evaluación previa del proyecto por comisión técnica) para Uso Residencial de Densidad Alta “RDA” del terreno con un área total de 5,199.97 m2, ubicado en la Avenida General Felipe Salaverry Nº 575 del Distrito de Jesús María, Provincia y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 194º, numeral 5) del Artículo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, son sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de 3.6.1. Habilitaciones Urbanas; Que en el Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 1000-2009-MML-GDU-SPHU de fecha 10 de Noviembre de 2009, se señala que de acuerdo con la Ordenanza Nº 1017-MML de fecha 16/05/2007, el terreno en cuestión está califi cado con tres zonifi caciones; Residencial de Densidad Alta “RDA”, Comercio Zonal “CZ” y Otros Usos “OU”; asimismo es necesario precisar que el plano de zonifi cación es referencial y teniendo en cuenta la forma de los lotes y el catastral existente, se concluye que la zonifi cación “OU” le corresponde al Lawn Tenis que colinda con el terreno por habilitar, y la zonifi cación “CZ” a los predios que colindan con la Av. Máximo Abril, en consecuencia el terreno a habilitar con frente a la Av. Salaverry le corresponde la zonifi cación Residencial de Densidad Alta “RDA”, Que, mediante Sesión Nº 01-2011-CTDHU/MDJM, Acuerdo Nº 01 de fecha 25.03.11, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas, dictaminó CONFORME, el proyecto de la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único con fi nes de Conjunto Residencial, para Uso Residencial de Densidad Alta “RDA” del terreno con un área total de 5,199.97 m2, ubicado en la Avenida General Felipe Salaverry Nº 575 del Distrito de Jesús María, indicándose que dicho predio solo tiene un sólo frente que es por la Av. Salaverry; estableciéndose como défi cit de aportes lo correspondiente a Recreación Pública; con un área de 832.00 m2, Ministerio de Educación con un área de 104.00 m2, SERPAR con un área de 104.00 m2 y Otros Fines con un área de 208.00 m2 que serán redimidos en dinero de conformidad con el Articulo 10, de la Ordenanza Nº 836 – Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Liquidación de Pago Nº 021-2011- MDJM-GDUyA-SGLyA de fecha 11.04.11 se efectuó la liquidación referente al défi cit de aporte de Recreación Pública; y Otros Fines, suma que ascendió a un monto total de S/. 171,320.00 Nuevos Soles y que fue cancelado mediante Recibo: Nº 933297 de fecha 14 de Abril del 2011; en la tesorería de esta Entidad Edilicia, Que, para el pago del défi cit de aportes del Ministerio de Educación y SERPAR quedarán diferidos hasta la Recepción de Obra, quedando el Lote único como garantía de pago de conformidad con el Art.º 10 de la Ordenanza Nº 836-MML, Que, los administrados han cumplido con presentar los requisitos y pagos estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos Vigente de la Municipalidad Distrital de Jesús María. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Ordenanza Nº 836- MML, por el Reglamento Nacional de Edifi caciones y de la Ordenanza Nº 220 MDJM de fecha 27.03.07 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Jesús María y el Decreto de Alcaldía Nº 011-2007-MDJM, donde regulan la desconcentración de facultades resolutivas a las Gerencias y Sub Gerencias de la Municipalidad de Jesús María, modifi cada por Resolución de Alcaldía Nº 171-2007. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano Signado con el Nº 001-2011-MDJM/GDUyA/SGLyA, y memoria descriptiva que forma parte de la presente Resolución, El Proyecto de la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único con fi nes de Conjunto Residencial, (modalidad C - Aprobación con evaluación previa del proyecto por comisión técnica) para Uso Residencial de Densidad Alta “RDA” del terreno con un área total de 5,199.97 m2, ubicado en la Avenida General Felipe Salaverry Nº 575 del Distrito de Jesús María, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa INGOCASA PERU S.A.C., para ejecutar las obras de Habilitación Urbana en 36 meses contados a partir de inicio del trámite, hasta el 03 de septiembre del 2013, responsabilizándose la administrada por la culminación de las mismas y teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS: Área Bruta Total : 5,199.97 m2 Área Útil (Lote único) : 5,199.97 m2 Área de Vías : 0.00 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS: El área afecta a aportes es igual al área bruta de 5,199.97 m2 y de conformidad con la Ordenanza Nº 836- MML, para la Zonifi cación RDA-Residencial de Densidad Alta, son las siguientes: DESCRIPCION DEL APORTE ORDENANZA Nº 836-MML PROYECTO DEFICIT RECREACION PUBLICA 16% - 832.00 M2 ----- 832.00 M2 SERPAR 2% - 104.00 M2 ------ 104.00 M2 MINISTERIO DE EDUCACION 2% - 104.00 M2 ------ 104.00 M2 SERVICIOS PUBLICOS COMPLEMENTARIOS – OTROS FINES 4% - 208.00 M2 ------ 208.00 M2 El défi cit de los aporte de Recreación Pública y Servicios Públicos Complementarios-Otros Fines fue redimido en dinero ante esta entidad edilicia, según lo señalado en el cuarto considerando.