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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de mayo de 2011 443473 POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco a los quince días del mes de diciembre de dos mil diez. FELIX RIVERA SERRANO Presidente 645790-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Exoneran de proceso de selección la adquisición de víveres para damnificados de las zonas de emergencia de la Región Ucayali ACUERDO Nº 045-2011-GRU/CR Pucallpa, 1 de abril del 2011 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de Enero del 2011, con el voto unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- APROBAR en Vía de Regularización la Exoneración de Proceso de Selección por causal de Situación de Emergencia para la adquisición de víveres para los damnifi cados de las zonas de emergencia de la Región Ucayali hasta por la suma de S/. 226,085.00 (DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHENTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), monto certifi cado con Informe 297-2011-GRU-P-GGR.GRPPyAT/SGPyT de fecha 17/03/2011, que se cargará a la meta presupuestal Atención de Emergencias y Urgencias de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Segundo.- DISPONER que el Ejecutivo Regional remita el presente acuerdo regional y la documentación que lo sustenta a la Contraloría General de la República para su conocimiento conforme lo dispone el Art. 128º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el SEACE, en un diario de circulación regional así como en el portal institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe)”. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ Consejero Delegado Consejo Regional 645742-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 808 Mediante Ofi cio Nº 344-2011-MML-SGC, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Concejo Nº 808, publicada en nuestra edición del día 27 de mayo de 2011. FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL