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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de noviembre de 2011 452665 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan Directora de la Dirección de Derechos y Ciudadanía de las Mujeres de la Dirección General de la Mujer RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 396-2011-MIMDES Lima, 28 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004- MIMDES se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, mediante Resolución Suprema Nº 004-2005- MIMDES y sus modifi catorias se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, se encuentra vacante el cargo Nº 199, Director/a de la Dirección de Derechos y Ciudadanía de las Mujeres de la Dirección General de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, del citado Cuadro para Asignación de Personal del MIMDES; Que, por necesidad del servicio, resulta conveniente designar a la persona que se desempeñará en el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley ʋ 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley ʋ 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 011-2004-MIMDES; Resolución Suprema Nº 004-2005- MIMDES; y, la Resolución Ministerial ʋ 387-2011-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora MARTHA LUCÍA RICO LLAQUE en el cargo de Directora de la Dirección de Derechos y Ciudadanía de las Mujeres de la Dirección General de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 710746-1 SALUD Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del pliego Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 810-2011/MINSA Lima, 2 de noviembre del 2011 Visto, el Informe Nº 216-2011-OP-OGPP/MINSA, emitido por la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, para la autorización de incorporación de mayores fondos públicos por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados para el Ejercicio Presupuestario 2011; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1008-2010/ MINSA, de fecha 21 de diciembre de 2010, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2011 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el artículo 38° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modifi cados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provenga de las fuentes distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito que se produzcan durante el Año Fiscal; Que, el literal i. del numeral 19.2 del artículo 19º de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria 2011, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, establece que las modifi caciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411, proceden cuando la captación u obtención de los ingresos superen los ingresos previstos que fi nancian los créditos presupuestarios aprobados a nivel de fuente de fi nanciamiento del presupuesto institucional y consideradas en las proyecciones fi nancieras de los ingresos que efectúe el pliego, las cuales muestren un incremento que superen los créditos presupuestarios aprobados. Que, mediante Ofi cio Nº 3038-2011-D - Nº 048-OEPE- HSJL, el Director del Hospital San Juan de Lurigancho, solicita la autorización para la incorporación de mayores fondos públicos en la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados por los conceptos de Venta de Bienes y Servicios y Derechos Administrativos, los cuales permitirán optimizar el cumplimiento de las metas y objetivos del Plan Operativo Institucional de dicho Hospital; Que, estando a lo señalado en el párrafo precedente, es necesario incorporar en el presupuesto del Año Fiscal 2011, los mayores recursos en la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 049 Hospital San Juan de Lurigancho, hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 581 145,00). Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Ofi cina de Presupuesto, mediante el Informe Nº 216-2011-OP- OGPP/MINSA, y con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud, y; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; en el literal i) del numeral 19.2 del artículo 19º de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01–Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01; y, en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional de Pliego 011 Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 581 145,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS RUBRO : 09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS (En Nuevos Soles) 1 Ingresos Presupuestarios 1 581 145,00 1.3 Venta de Bienes y Servicios y Derechos Administrativos 1.3.3 4 Servicios de Salud