Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2011 (03/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Municipalidad; posteriormente, las partes suscribieron la Adenda Nº 1 al Convenio de Transferencia, con la finalidad de adecuar el referido Convenio a la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2011 y a la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria"; Que, el articulo 6° del Reglamento Operativo para Acceder al BFH en las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 092-2011VIVIENDA, modificado por la Resolucion Ministerial N° 194-2011-VIVIENDA, establece que los Grupos Familiares - GF, podran postular al BFH, previo MORDAZA de Convocatoria publicada por Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aplicando la metodologia para priorizar la atencion de la poblacion con el BFH aprobada con Resolucion Ministerial N° 091-2011-VIVIENDA; Que, con Resolucion Ministerial N° 176-2011VIVIENDA de fecha 23 de agosto de 2011, se convoco a la poblacion de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007 y a las Entidades Tecnicas a participar en el procedimiento de otorgamiento del MORDAZA Familiar Habitacional ­ BFH, en las modalidades de aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda del Programa Techo Propio; Que, la Direccion Nacional de Vivienda mediante Informe N° 339-2011/ VIVIENDA/VMVU-DNV, senala que se ha realizado la transferencia financiera por la Municipalidad Provincial de Ica a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento por un monto de S/. 1 762 844,00, para el financiamiento de Bonos Familiares Habitacionales para el desarrollo de programas de vivienda en los distritos de La Tinguina, Parcona, Subtanjalla y el Cercado de Ica, donde se ha verificado que existe poblacion damnificada con demanda de viviendas pendiente de atender en dichas zonas, por lo que considera necesaria la realizacion de una nueva convocatoria en las modalidades de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda en el MORDAZA del Programa Techo Propio; y considera que las Entidades Tecnicas que postularon en la MORDAZA convocatoria publicada en la Resolucion Ministerial N° 176-2011-VIVIENDA, y que cuenten con codigos vigentes, podrian participar en la nueva convocatoria para atender la posible demanda de participantes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y su Reglamento, aprobado por Decreto N° 002-2002-VIVIENDA y su modificatoria; y la Resolucion Ministerial N° 092-2001VIVIENDA- Reglamento Operativo para Acceder al BFH en las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Tercera Convocatoria 2011 del Programa Techo Propio Convoquese a la poblacion damnificada por los sismos del 15 de agosto de 2007, de los distritos de La Tinguina, Parcona, Subtanjalla y el Cercado de Ica, de la Provincia y Departamento de Ica, para el otorgamiento de Bonos Familiares Habitacionales­BFH, bajo las modalidades de aplicacion en Construccion en Sitio Propio (CSP) y Mejoramiento de Vivienda (MV), para lo cual podran postular en un plazo de cinco (05) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion Ministerial, debiendo inscribirse en el Centro de Atencion de la Municipalidad de Ica autorizado por el Fondo MIVIVIENDA S.A. Articulo 2º.- Ambito de la Convocatoria La presente convocatoria se aplicara en los distritos de La Tinguina, Parcona, Subtanjalla y Cercado de Ica de la Provincia y Departamento de Ica, en el MORDAZA de la Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento que financiara el otorgamiento de Bonos Familiares Habitacionales- BFH para el desarrollo de programas de vivienda de interes social en el MORDAZA del Programa Techo Propio en las modalidades de aplicacion en Construccion en Sitio Propio (CSP) y Mejoramiento de Vivienda (MV), en las mencionadas localidades.

Articulo 3º.- Participacion de Entidades Tecnicas Excepcionalmente podran participar en la presente convocatoria, las Entidades Tecnicas que cuenten con codigo vigente del Registro de Entidades Tecnicas del Programa Techo Propio que participaron en la MORDAZA Convocatoria publicada mediante Resolucion Ministerial Nº 176-2011-VIVIENDA, en el Departamento de Ica. Articulo 4º.- De la Publicacion El listado de los Grupos Familiares Elegibles, asi como de las Entidades Tecnicas autorizadas para intervenir en la presente Convocatoria, seran publicados en la pagina web del Fondo MIVIVIENDA S.A. (www.fondomivivienda. com.pe), en un plazo MORDAZA de tres (3) dias habiles de culminada la calificacion y/o sorteo respectivo. Articulo 5º.- Excepcion Exceptuese la presente convocatoria de la aplicacion de la metodologia para priorizar la atencion de la poblacion establecida en la Resolucion Ministerial Nº 091-2011VIVIENDA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 711335-2

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Aceptan renuncia y encargan funciones de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administracion de COFOPRI
RESOLUCION DIRECTORAL N° 231-2011-COFOPRI/DE MORDAZA, 28 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27594, que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, establece en su articulo 7º que, mediante Resolucion Ministerial o Resolucion del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Articulo 1º de esa Ley; Que, de conformidad con el articulo 9º, concordado con el literal i) del articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y MORDAZA a los empleados de confianza, de conformidad con la legislacion vigente; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 273-2010COFOPRI/DE de fecha 09 de diciembre del 2010, se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Castaneda como Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administracion del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal-COFOPRI; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada; Que, a fin de continuar con el normal desarrollo de las funciones y actividades que ejecuta la Unidad de Abastecimiento es necesario encargar las funciones del Jefe de la citada Unidad;

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