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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de noviembre de 2011 452911 Derechos Humanos, incorporándose entre sus integrantes al representante del Ministro del Ambiente; Que, en este contexto, corresponde designar a los representantes titular y alterno que participarán en representación del Ministro del Ambiente ante el citado Consejo Nacional; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los representantes titular y alterno del Ministro del Ambiente, ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: - Sr. José Antonio González Norris, Secretario General del Ministerio del Ambiente; representante titular. - Sra. Rocío Milagros Sifuentes Villalobos, Abogada de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente; representante alterno. Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General para que efectúe la gestión que corresponda a fi n que la presente Resolución sea publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” y disponer que la presente Resolución se publique en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO E. GIESECKE Ministro del Ambiente 712856-1 Declaran viable el proceso de Macro Zonificación Económica Ecológica - ZEE del departamento de Cajamarca, a efectos de iniciar su Plan de Ordenamiento Territorial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 005-2011-VMDERN-MINAM Lima, 4 de noviembre de 2011 VISTO: El Informe Técnico Nº 091-2011-DGOT-DVMDERN/ MINAM de la Dirección General de Ordenamiento Territorial del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente; CONSIDERANDO: Que, el artículo 20º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que la planifi cación y el ordenamiento territorial tienen por fi nalidad complementar la planifi cación económica, social y ambiental con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservación y aprovechamiento sostenible; Que, el literal e) del artículo 12º del Reglamento de Zonifi cación Ecológica y Económica – ZEE, aprobado por Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM, señala que corresponde al Ministerio del Ambiente promover, coordinar, y supervisar los procesos de ZEE en el ámbito nacional; Que, asimismo, el literal c) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013 - Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, dispone que esta entidad establece la política, los criterios, las herramientas y los procedimientos de carácter general para el ordenamiento territorial nacional, en coordinación con las entidades correspondientes, y conducir su proceso; Que, mediante el Ofi cio Nº 318-2011-GR.CAJ/P el Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca remitió al Ministerio del Ambiente una matriz del proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica - ZEE para su posterior aprobación; Que, en el marco de las funciones encomendadas a este Ministerio en materia de ZEE y Ordenamiento Territorial, la Dirección General de Ordenamiento Territorial efectuó la revisión de la información presentada del proceso Macro Zonifi cación Ecológica y Económica del departamento de Cajamarca concluyendo por su viabilidad, a efectos de iniciar el respectivo Plan de Ordenamiento Territorial; Que, corresponde al Ministerio del Ambiente pronunciarse sobre la petición formulada por el Gobierno Regional de Cajamarca; Con el visto de la Secretaría General, de la Dirección General de Ordenamiento Territorial, y, de la Ofi cina de Asesoría; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 3) del artículo 26º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el literal g) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declaración Declárese viable el proceso de Macro Zonifi cación Económica Ecológica – ZEE del departamento de Cajamarca, a efectos de iniciar su Plan de Ordenamiento Territorial. Artículo 2º.- De las observaciones al proceso de macro ZEE Para el inicio del Plan de Ordenamiento Territorial, el Gobierno Regional de Cajamarca dispondrá el levantamiento de las observaciones formuladas por este Ministerio, a través de su órgano competente. La matriz del levantamiento de las observaciones será publicada en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe). Artículo 3º.- De la publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el portal Institucional del Ministerio del Ambiente y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO CABIESES CUBAS Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recuros Naturales 712858-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modificación del Decreto Supremo N° 008-2010-MINCETUR, Reglamento de la Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal DECRETO SUPREMO Nº 020-2011-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA