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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de noviembre de 2011 452921 la República de Colombia (COMBIFRON), para participar en la “VII Reunión Plenaria de la Comisión Binacional Fronteriza (COMBIFRON) Colombia - Perú”, que tendrá lugar en la ciudad de Santa Marta - Colombia, del 08 al 12 de noviembre de 2011, requiriéndose a dicho efecto la designación de un representante del Sector Interior; Que, en la referida reunión se fortalecerá el intercambio de información de Inteligencia estratégica entre las Direcciones Nacionales de Inteligencia sobre amenazas y riesgos que atenten contra la seguridad fronteriza, tales como la trata de personas y tráfi co de migrantes, lo que permitirá la obtención de soluciones conjuntas oportunas a los problemas de seguridad que puedan presentarse en el área de frontera; Que, considerando la importancia de los temas a tratar en dicho evento y a propuesta del señor Director General de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior resulta de interés institucional autorizar la participación del señor Francisco Javier RUIZ PALOMINO, Director de Control Migratorio; Que, la participación del referido funcionario coadyuvará, entre otros, aspectos a promover y fortalecer las relaciones bilaterales con Colombia en temas de seguridad fronteriza y la concretización de políticas, planes, y proyectos para su desarrollo; Que, la Unidad de Asuntos Administrativos de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior ha emitido las Certifi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000538 y Nº 0000000539 ambas de fecha 19 de octubre de 2011, las cuales hacen constar que se cuenta con Certifi cación de Disponibilidad Presupuestaria para la cobertura de pasajes y viáticos con cargo a la Unidad Ejecutora 030: Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior para el viaje del señor Francisco Javier RUIZ PALOMINO, Director de Control Migratorio; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modifi catoria; siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en este sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; El requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, la Ley Nº 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, y modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje al extranjero del señor Francisco Javier RUIZ PALOMINO, Director de Control Migratorio de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior a la ciudad de Santa Marta - Colombia a partir del 8 al 12 de noviembre de 2011 para su participación en la “VII Reunión Plenaria de la Comisión Binacional Fronteriza (COMBIFRON) Colombia - Perú”. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes terrestres que ocasione el viaje que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 030: Dirección General de Migraciones y Naturalización del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : S/. 5,716.87 Viáticos (x 5 días) : S/. 2,809.50 -------------------- TOTAL : S/. 8,526.37 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el funcionario designado deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros ÓSCAR VALDÉS DANCUART Ministro del Interior 713350-7 Autorizan viaje de Comandante de la Policía Nacional del Perú a Argentina para participar en la “Reunión Americana de INTERPOL de Organismos Nacionales Relacionados con el Combate Contra el Narcotráfico en América del Sur” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 136-2011-IN Lima, 7 de noviembre de 2011 VISTO, la Carta del 9 de setiembre de 2011, suscrita por el señor Rafael PEÑA HERNÁNDEZ, Jefe de la Ofi cina Regional de la Organización Internacional de Policía Criminal - INTERPOL para América del Sur, con la cual cursó invitación para que UN (1) funcionario policial participe en la “Reunión Americana de INTERPOL de Organismos Nacionales Relacionados con el Combate Contra el Narcotráfi co en América del Sur”, del 9 al 11 de noviembre de 2011, en la ciudad de Buenos Aires - Argentina. CONSIDERANDO: Que, la Organización Internacional de Policía Criminal - INTERPOL, fue creada en 1923 y cuenta en la actualidad con 188 países miembros, siendo la mayor Organización Policial Internacional del mundo, y su principal objetivo es la de facilitar