TEXTO PAGINA: 24
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de noviembre de 2011 452926 Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Verónika Bustamante Gómez 1,106.00 200.00 4+1 1,000.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 712957-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan renovación de permiso de operación de aviación comercial para prestar servicio de transporte aéreo especial a favor de Helinka S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 369-2011-MTC/12 Lima, 25 de octubre del 2011 Vista la solicitud de la compañía HELINKA S.A.C., sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 125-2007- MTC/12 del 06 de junio del 2007 se otorgó a la compañía HELINKA S.A.C. Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 16 de noviembre del 2007; modifi cada a través de la Resolución Directoral N° 002-2008-MTC/12 del 07 de enero del 2008 y Resolución Directoral N° 271-2010- MTC/12 del 16 de setiembre del 2010 en el sentido de incrementar material aeronáutico a los ya autorizados; Que, mediante Documento de Registro N° 2011- 037201 del 10 de agosto del 2011 la compañía HELINKA S.A.C. solicitó la Renovación del indicado permiso de operación; Que, según los términos del Memorando Nº 1095- 2011-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 312-2011-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 300-2011- MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el Artículo 6.2 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente otorgar lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, el artículo 177° del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG establece que las autorizaciones o permisos que posibiliten el uso de la vía de comunicación aérea al interior de áreas naturales protegidas, deben contar con la opinión técnica previa favorable del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP (antes INRENA) para su extensión y otorgamiento; Que, con Ofi cio Nº 1302-2011-MTC/12.07 del 12 de setiembre del 2011 se solicitó al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP informe sobre la compatibilidad de las zonas de operación solicitadas por la compañía el cual a la fecha no ha sido contestado, razón por la cual la presente Resolución no contempla las zonas de operación ubicadas en áreas naturales protegidas; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía HELINKA S.A.C., Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 17 de noviembre del 2011, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 125-2007- MTC/12 del 06 de junio del 2007. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa HELINKA S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico-fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Eurocopter SA 316 B - Eurocopter SA 315 B (LAMA) - Alouette III SA 316B - Bell 206, 206 L1, 212, 412, 407, 214, 206B3 - Kamov 32 - SA 330 J - Eurocopter AS 350B3, AS 350B2, AS 350B1, AS 350B (Ecureuil) - AS 350 - MI 17, MI 171, MI-172 - Sikorsky S61, S61L, S61N - Alouette SE 3160 - MI8-T, MI8-MTV, MI8-AMT - BK 117 B-2 - AS 332 L1 - AS 332 L Según inciso a) del Artículo 155º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil 27261 ZONAS DE OPERACIÓN: CIRCUITOS TURISTICOS - Helipuerto de Superfi cie Maria Reiche – Palpa, Nasca - Helipuerto de Superfi cie Maria Reiche.