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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (08/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de noviembre de 2011 452918 ingreso al patrimonio reajustado por los índices de corrección monetaria que establece el Ministerio de Economía y Finanzas en base a los Índices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, conforme al artículo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modifi catorias, los índices de corrección monetaria serán fi jados mensualmente por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual será publicada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes; Que en tal sentido, es conveniente fi jar los referidos índices de corrección monetaria; SE RESUELVE: Artículo Único.- En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el día siguiente de publicada la presente Resolución hasta la fecha de publicación de la Resolución Ministerial mediante la cual se fi jen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición, de construcción o de ingreso al patrimonio, según sea el caso, se ajustará multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución. El referido Anexo será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha en que sea publicada esta Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 713117-1 Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Venezuela, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 776-2011-EF/43 Lima, 7 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil Circular N° 211-2011-MINCETUR/ VMCE/DNINCI del 18 de octubre de 2011 el Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, comunica a la Viceministra de Economía que la III Ronda de Negociación entre Perú y Venezuela, para suscribir un Acuerdo de Complementación Productiva y Comercial, se llevará a cabo en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 09 al 11 de noviembre de 2011; asimismo, señala que en esta oportunidad se negociarán los aspectos correspondientes al Tratamiento Arancelario Preferencial, Normas de Origen y Defensa Comercial, respectivamente, por lo que solicita se designe a los funcionarios del Sector Economía que participarán en la citada Ronda de Negociaciones; Que, mediante Ofi cio N° 284-2011-EF/15.01, del 28.10.11, la Viceministra de Economía comunica al Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo que se ha designado a los señores José Carlos Farfán Vásquez y Franco Maldonado Carlín, para participar en la III Ronda de Negociaciones para suscribir un Acuerdo de Complementación Productiva y Comercial entre Perú y Venezuela; Que, el objetivo principal del Acuerdo de Complementación Productiva y Comercial entre Perú y Venezuela es tener un marco jurídico estable para las relaciones comerciales bilaterales, y mantener las preferencias arancelarias entre las partes, temas que son de sumo interés nacional. Para ello se ha establecido que en la III Ronda se negociará en las mesas de: Tratamiento Arancelario Preferencial, Reglas de Origen y Defensa Comercial; asimismo, la participación de las personas mencionadas en el considerando anterior, en el referido evento permitirá hacer seguimiento de los compromisos que el Perú asumirá en materia de estos temas para su posterior implementación, los cuales se relacionan con el objetivo de facilitar un mayor fl ujo comercial entre el Perú y Venezuela, en los próximos años; Que, el literal a) del numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio de los señores José Carlos Farfán Vásquez, Asistente en Servicio Económico y Financiero II y Franco Maldonado Carlín, Consultor, ambos de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 08 al 12 de noviembre de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Señor José Carlos Farfán Vásquez Pasajes aéreos : US$ 1 650,00 Viáticos : US$ 800,00 Señor Franco Maldonado Carlín Pasajes aéreos : US$ 1 650,00 Viáticos : US$ 800,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje de las personas autorizadas en la presente Resolución deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de las personas cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 713348-1 Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 777-2011-EF/10 Lima, 7 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N, de fecha 06 de octubre de 2011, el Director General de la Organización Ofi cial del Japón para el Comercio Exterior - JETRO invita a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN como expositor en el evento: “Business Seminar on Colombia and Perú”, organizado por JETRO en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América el día 15 de noviembre de 2011; asimismo, se señala que el objetivo de dicha participación es presentar las oportunidades de inversión en el Perú a las empresas japonesas domiciliadas en el citado país;