Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (09/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de noviembre de 2011 453076 Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión de los Delitos contra la Salud Pública -Tráfi co Ilícito de Drogas y contra la Fe Pública - Falsifi cación de Documentos, en agravio del Estado peruano; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República Italiana, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje NR 2010-6651/2-2 del 18 de octubre de 2011, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Roma - Italia, hizo de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional -INTERPOL - Lima - Perú, que las autoridades italianas han autorizado la extradición activa del procesado Roger Fernando NEGRETE MALPARTIDA; en ese sentido solicitaron designar a los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde Italia hacia nuestro país; Que, con Memorándum Múltiple Nº 505-2011- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 28 de octubre de 2011, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Coronel de la Policía Nacional del Perú Segundo Leoncio MEJIA MONTENEGRO y de la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Luz Liliana VELARDE MIRABAL, a la ciudad de Roma -Italia, del 9 al 15 de noviembre de 2011, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Roger Fernando NEGRETE MALPARTIDA, solicitado por la autoridad judicial antes mencionada por la presunta comisión de los Delitos contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas y contra la Fe Pública - Falsifi cación de Documentos, en agravio del Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, con Ofi cio Nº 1787-2011-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE del 02 de noviembre de 2011, el Jefe de la División de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, pone en conocimiento al Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, que en el SIAF-SF, la disponibilidad presupuestal ha sido registrada mediante la Nota de Certifi cación de Crédito Presupuestario Número 09 y adjunta el Informe Nº 149-2011-DIRECFIN-PNP-DIVDyB-DEPADM del 27 de octubre de 2011, que establece el monto de viáticos que corresponde abonar por la suma total ascendente a S/. 9,864.40 (Nueve Mil Ochocientos Sesenta y Cuatro Con 40/100 Nuevos Soles), por comisión del servicio a la ciudad de Roma - Italia, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Segundo Leoncio MEJIA MONTENEGRO y de la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Luz Liliana VELARDE MIRABAL, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2011, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; y, FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL