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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de noviembre de 2011 453069 Orgánica de Municipalidades, que establece que, en efecto, los gobiernos locales gozan de autonomía y que ésta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 054-2011, se crea el Bono de Incentivo por la Ejecución Efi caz de Inversiones (BOI), con el objeto de incentivar a los gobiernos regionales y gobiernos locales para mejorar los niveles de ejecución del gasto en inversión para el año fi scal 2011; Que, en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 174-2011-EF, que aprueba el procedimiento para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Bono de Incentivo por la Ejecución Efi caz de Inversiones (BOI), establece que se debe designar a un funcionario responsable de coordinar con las distintas áreas del Gobierno regional o gobierno local, según corresponda, el cumplimiento de las metas establecidas; Que, de acuerdo al artículo 34º de la Ordenanza Nº 199-MDSM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel, establece como funciones de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto dirigir los sistemas de planifi cación, presupuesto, racionalización y estadística, así como orientar y proponer actividades de cooperación técnica internacional; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el inciso 6º del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a Esteban Espinoza Amesquita, Gerente de Planeamiento y Presupuesto, como responsable y coordinador del cumplimiento de metas para acceder al bono de incentivo por la ejecución efi caz de inversiones, de parte de la Municipalidad Distrital de San Miguel, Provincia de Lima, Departamento de Lima, a saber: Nombres y Apellidos : Esteban Espinoza Amesquita Cargo que ocupa en la Entidad : Gerente de Planeamiento y Presupuesto Correo electrónico : gplaneamiento@munisanmiguel.gob.pe Celular de contacto : 994277454 Teléfonos fi jos de la Municipalidad : 2648430 – 2085830 (anexo 3376) Artículo 2º.- DISPONER que la presente resolución se comunique a todas gerencias y subgerencias para su cabal conocimiento. Artículo 3º.- PUBLICAR el dispositivo legal aprobado en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 713469-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Autorizan viaje del Gerente Municipal a Ecuador para participar en el “VIII Comité Sectorial de Desarrollo Económico” ACUERDO MUNICIPAL N° 151-2011-MPA Arequipa, 18 de octubre de 2011 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal realizada el día 18 de octubre de 2011, la invitación cursada por la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Quito a través de la Unión de Ciudades de Iberoamérica, para participar del “VIII Comité Sectorial de Desarrollo Económico” a desarrollarse del 19 al 22 de octubre de 2011 en la ciudad de Quito - Ecuador, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado modifi cado por la Ley de la Reforma Constitucional 27680 y concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Quito a través de la Unión de Ciudades de Iberoamérica, están organizando una agenda de trabajo para el desarrollo del VIII Comité de Desarrollo Económico que se llevará a cabo los días 20 y 21 de octubre de 2011 en la ciudad de Quito – Ecuador, en este evento se analizará el rol de las Agencias Municipales de Desarrollo Económico y su impacto en la mejora de la calidad de vida de la ciudadanía, y estudiar el relacionamiento de las Municipalidades con los actores de la Economía Social y Solidaria; Que, el Informe Nº 258-2011-MPA-RECI señala que la invitación incluye gastos de pasaje aéreo ida y vuelta Arequipa – Quito – Arequipa serán asumidos por la Unión de Ciudades de Iberoamérica, el alojamiento y alimentación y transporte interno serán asumidos por la Municipalidad de Quito, no irrogando gasto alguno a la Municipalidad Provincial de Arequipa; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, Artículo 9º Inc. 11, son atribuciones del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, en este orden de análisis y teniendo en cuenta el motivo de la comisión de servicios, el mismo que se encuentra enmarcado dentro de las funciones de la Municipalidad Provincial de Arequipa, estando a lo señalado, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria realizada el día 18 octubre de 2011, adoptó por Mayoría el siguiente: ACUERDO: Artículo 1°.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios al señor CPCc. LUIS JAIME RODRIGUEZ PAUCA Gerente Municipal; con la fi nalidad de que participe en el evento “VIII COMITÉ SECTORIAL DE DESARROLLO ECONÓMICO”, que se desarrollará en la ciudad de Quito – Ecuador del 19 al 22 de octubre de 2011. Artículo 2°.- La Autorización del viaje en Comisión de Servicios del CPCc. Luis Jaime Rodríguez Pauca, descrita en el artículo precedente no irrogará gasto alguno a la Municipalidad Provincial de Arequipa. Artículo 3º.- Encomendar a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas y Prensa la publicación del presente Acuerdo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, así como a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, la publicación del presente Acuerdo Municipal en el portal institucional (www.muniarequipa. gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO ZEGARRA TEJADA Alcalde de Arequipa 712816-1