Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2011 (09/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de noviembre de 2011

la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; Que, de conformidad con el articulo 9° de la Ley N° 29605, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, el Ministro de Defensa es la mas alta autoridad politica del Sector Defensa y administrativa del Ministerio de Defensa y Titular del pliego presupuestario; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Con eficacia anticipada, dar por concluido el nombramiento en Mision Diplomatica del MORDAZA EP Eli MORDAZA Montejo MORDAZA, como Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en la Republica Bolivariana de Venezuela, con fecha 1 de noviembre de 2011. Articulo 2°.- Dar por concluido el nombramiento en Mision Diplomatica de los siguientes Oficiales Generales y Oficiales Superiores del Ejercito del Peru, con fecha 31 de enero de 2012: - General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en el Reino de Espana - General de Brigada EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA y concurrente en Canada - MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en el Estado de MORDAZA - MORDAZA EP MORDAZA Yamasaki Koizumi Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en la Republica de Corea Articulo 3º.- El Ejercito del Peru, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 2° y 3° de la Resolucion Suprema N° 020-2011-DE del 21 de enero de 2011, debera proceder oportunamente a cumplir con el desembolso correspondiente, del derecho otorgado en virtud del inciso b) del articulo 13° del Decreto Supremo N° 028-2006-DE/ SG, que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 713654-1

futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable del Ministerio de Defensa, y de conformidad con la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley N° 28899 - Ley que modifica la Ley N° 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Republica Federativa de Brasil, detallado a continuacion, para participar la "I Reunion Extraordinaria del Consejo de Defensa Sudamericano", del 08 al 12 de noviembre de 2011: 1.General de Ejercito 2.General del Aire 3.Contralmirante 4.Capitan de Navio 5.Capitan de Corbeta 6.3er MORDAZA MORDAZA MORDAZA De Nardi MORDAZA MORDAZA Goncalves Mendes MORDAZA MORDAZA Ribeiro Filho MORDAZA Airton Somavilla Bomfim MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pimenteira MORDAZA MORDAZA Da MORDAZA

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 713665-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº1121-2011-DE/SG MORDAZA, 08 de noviembre de 2011

Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Brasil, MORDAZA y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 1120-2011-DE/SG MORDAZA, 8 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nº 771 de fecha 3 de noviembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de actividades organizadas por la Direccion Ejecutiva de la Secretaria del Consejo de Defensa Sudamericano de la Union de las Naciones Unidas Sudamericanas ­ UNASUR, se tiene programada la "I Reunion Extraordinaria del Consejo de Defensa Sudamericano", con la participacion de personal militar de la Republica Federativa de Brasil; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de

CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nº 772 de fecha 4 de noviembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de las actividades academicas programadas para el presente ano, se encuentra en agenda la "Setima Conferencia de Examen de Revision e Implementacion Nacional de la Convencion sobre MORDAZA Biologicas", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, contando con la participacion de personal militar de la Republica de Chile; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion,

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