Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2011 (09/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
2. ANALISIS MORDAZA NORMATIVO

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de noviembre de 2011

En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA, a los funcionarios que se indican a continuacion: - MORDAZA MORDAZA Noblecilla MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Lia MORDAZA Chaponan MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Intendencia Regional MORDAZA 713294-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Dictan Mandato de Conexion a favor de empresa Abengoa Transmision Sur S.A., a fin de que Red Electrica del Sur S.A. (REDESUR) permita conectarse a las instalaciones de la Sub Estacion MORDAZA 220 kV
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 203-2011-OS/CD MORDAZA, 25 de octubre de 2011 VISTA: La solicitud formulada por la empresa Abengoa Transmision Sur S.A. (en adelante ATS) mediante documento recibido el 5 de setiembre de 2011, a fin que OSINERGMIN emita Mandato de Conexion para que Red Electrica del Sur S.A. (en adelante REDESUR) permita conectarse a las instalaciones de la Sub Estacion MORDAZA 220 kV (en adelante SE Montalvo). CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES 1.1. Mediante documento s/n, recibido el 5 de setiembre de 2011, dirigido a OSINERGMIN, ATS solicita que se emita Mandato de Conexion a fin que REDESUR le permita conectarse a las instalaciones de la SE Montalvo. 1.2. Mediante Oficio Nº 5950-2011-OS-GFE, notificado el 12 de setiembre de 2011, OSINERGMIN solicita a REDESUR emita opinion respecto al pedido de Mandato de Conexion presentado por ATS, conforme a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 0912003-OS/CD, "Procedimiento para fijar las condiciones de uso y acceso libre a los Sistemas de Transmision y Distribucion Electrica". 1.3. REDESUR, mediante documento recibido el 21 de setiembre 2011 dirigido a OSINERGMIN, responde a la solicitud de Mandato de Conexion presentada por ATS.

2.1 El articulo 33º y el inciso d) del articulo 34º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, establecen el libre uso de las redes electricas de las empresas de Transmision y Distribucion respectivamente, dentro de los supuestos establecidos por la normativa y cumpliendo los requisitos correspondientes, consagrando el MORDAZA de Libre Acceso a las Redes. 2.2 Asimismo, la Ley de Concesiones Electricas asegura el cumplimiento del MORDAZA de Libre Acceso a las Redes, al senalar en su articulo 62º la competencia de OSINERGMIN para fijar las compensaciones por el uso de las redes del sistema MORDAZA o del sistema de distribucion y solucionar discrepancias que dificulten o limiten el acceso del usuario a las redes del sistema MORDAZA de transmision y/o del sistema de distribucion, siendo obligatorio su cumplimiento para las partes involucradas. 2.3 Es dentro de este MORDAZA normativo que OSINERGMIN, en uso de su funcion normativa, aprobo mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 091-2003OS/CD el "Procedimiento para fijar las condiciones de uso y acceso libre a los Sistemas de Transmision y Distribucion Electrica" (en adelante Procedimiento de Libre Acceso), el que busca evitar condiciones discriminatorias de acceso y uso de las redes y, por tanto, asegurar que el acceso a ellas se de en condiciones de libre mercado. Asimismo, implemento un procedimiento para que OSINERGMIN en uso de su funcion normativa y en caso las partes no lleguen a un acuerdo, emita un Mandato de Conexion, el cual establecera las condiciones de acceso a las redes. SOBRE LA SOLICITUD CONEXION DE ATS DE MANDATO DE

2.4 ATS solicita que OSINERGMIN emita Mandato de Conexion, a fin que REDESUR permita conectarse a las instalaciones de la SE MORDAZA, ubicada en la Region Moquegua. 2.5 ATS indica que el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Telecomunicaciones, Energia e Hidrocarburos ­ PRO CONECTIVIDAD, otorgo la buena pro a Abengoa Transmision Sur S.A. para el proyecto de construccion de "Linea de Transmision SGT500 kV MORDAZA ­ Marcona ­ Montalvo" y, como consecuencia de ello, el 22 de MORDAZA de 2010 celebro el Contrato de Concesion con el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Energia y Minas. 2.6 Precisa que, conforme al Anexo 1 del Contrato de Concesion, ATS debe proceder con la ampliacion de la S.E. MORDAZA 220 kV, la cual consiste en una configuracion de doble MORDAZA, donde se instalara una (1) celda de salida en 220 kV para la conexion del enlace proveniente de la SE MORDAZA 2. 2.7 De otro lado, senala que la SE MORDAZA pertenece al Sistema Principal de Transmision y que se encuentra bajo la concesion otorgada a REDESUR por las Resoluciones Supremas Nº 050-99-EM y Nº 061-99-EM, por lo que esta sujeta a las obligaciones de Libre Acceso contenidas en el articulo 33º de la Ley de Concesiones Electricas. 2.8 Finalmente, agrega que ha solicitado a REDESUR el acceso de ATS a sus instalaciones, pero esta la ha denegado senalando que no cuenta con espacio disponible, dado que ya tiene asignada la celda disponible de dicha subestacion por contrato suscrito con la empresa Caraveli Cotaruse Transmisora de Energia S.A.C. Adjunta las comunicaciones entre MORDAZA empresas referidas al requerimiento de conexion. SOBRE LA RESPUESTA DE REDESUR 2.9 REDESUR senala que las empresas Anglo American Quellaveco S.A., Southern Peru Copper Corporation y Caraveli Cotaruse Transmisora de Energia S.A.C. (CCTE) solicitaron con anterioridad a la solicitud presentada por ATS la interconexion de sus lineas con las instalaciones de REDESUR. Asi, por recomendacion del Ministerio de Energia y Minas y de OSINERGMIN, mediante Oficio Nº 1324-2008-MEM/DGE y Oficio Nº 1271-

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