Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2011 (16/11/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

453381

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Crean Comision Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de emitir un informe a traves del cual se proponga el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT)
RESOLUCION SUPREMA N° 337-2011-PCM
MORDAZA, 15 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 35º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, las Comisiones del Poder Ejecutivo son organos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalizacion, propuesta o emision de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; Que, en virtud de la promulgacion de la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT); resulta necesario crear una Comision Multisectorial de naturaleza temporal, que tenga por objeto emitir un informe a traves del cual se proponga el proyecto de Reglamento de la citada Ley; cuyo proyecto de reglamento no debera generar ningun cambio en los derechos colectivos de los Pueblos Indigenas u Originarios; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Creacion y Objeto de la Comision Multisectorial Temporal Crease la Comision Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de emitir un informe a traves del cual se proponga el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT). Esta Comision estara adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 2.- Conformacion y funcionamiento de la Comision Multisectorial Temporal 2.1 La Comision Multisectorial de naturaleza temporal estara integrada por: - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidira; - El Viceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura; - El Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia; - El Viceministro de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas; - El Viceministro de Minas del Ministerio de Energia y Minas; - El Viceministro de Energia del Ministerio de Energia y Minas; - El Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

- El Viceministro de Gestion Ambiental del Ministerio del Ambiente; - El Viceministro de Agricultura del Ministerio de Agricultura; - El Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; - El Viceministro de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion; - El Viceministro de Salud del Ministerio de Salud; - El Viceministro de Politicas y Evaluacion Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; - El Viceministro de Orden Interno del Ministerio de Interior; - El Viceministro de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores. 2.2 Los integrantes de la Comision Multisectorial, deberan contar con un representante alterno, cuyo nombramiento se efectuara mediante resolucion ministerial del sector al que pertenecen, dentro de los dos (2) dias calendario de publicada la presente resolucion suprema. 2.3 Las organizaciones de pueblos indigenas de alcance nacional podran conformar la citada Comision Multisectorial, siendo integrada por seis (6) representantes, titular y alterno, los cuales seran acreditados ante la Secretaria Tecnica de dicha Comision, a traves de una comunicacion escrita hasta un (1) dia habil MORDAZA de que se instale la citada Comision. 2.4 La Comision Multisectorial se instalara en el plazo MORDAZA de tres (3) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion suprema. 2.5 Los miembros de la Comision Multisectorial ejerceran su cargo ad honorem. La Comision Multisectorial no irrogara gastos al Estado. 2.6 El Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura actuara como Secretaria Tecnica de la citada Comision, y estara a cargo de coordinar las acciones necesarias a fin de coadyuvar al cumplimiento de la funcion encomendada a la Comision Multisectorial. Articulo 3.- Funciones La Comision desarrollara las siguientes funciones: a) Estudiar, analizar y elaborar del proyecto de Reglamento de la Ley 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT). b) Proponer el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT). Articulo 4.- MORDAZA del informe y del proyecto de MORDAZA La Comision Multisectorial de naturaleza temporal presentara a la Presidencia del Consejo de Ministros un informe sobre el trabajo realizado, asi como el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT), dentro del plazo de sesenta (60) dias calendario, contados a partir de su instalacion, culminando sus funciones en dicho plazo. Articulo 5.- De la colaboracion, asesoramiento y apoyo de profesionales La Comision Multisectorial podra convocar a profesionales especializados en la materia, asi como a representantes de otras instituciones publicas o privadas, cuya participacion se estime necesaria para la consecucion de sus fines, sin que ello genere gastos al Estado. Articulo 6.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Cultura, el Ministro de Justicia, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Energia y Minas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, la Ministra de Educacion, el Ministro de Salud, la Ministra

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.