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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de noviembre de 2011 453388 Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ), ubicado en la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del 21 al 25 de noviembre de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos: (Lima - Buenos Aires - Lima) US$ 599.00 x 1 persona (incluye TUUA) = USD. $ 599.00 Viáticos: US$ 200.00 x 1 persona x 5 días = USD. $ 1000.00 TOTAL: USD. $ 1,599.00 Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para el cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior comisionado mediante la presente Resolución, deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM respecto a la obligación de sustentar viáticos; asimismo, dentro de los QUINCE (15) días calendario de su retorno al país, presentará un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración, ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 716955-4 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 539-2011-DE/MGP Lima, 15 de noviembre de 2011 Visto el Ofi cio N.1000-2247 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 28 de setiembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Directora de Soberanía Marítima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, hace de conocimiento al Director General de Capitanías y Guardacostas, el ofrecimiento de Cursos remitido por la Embajada de la República Federativa del Brasil para el año 2011, dentro de los cuales se encuentra el Curso “Seguridad en Operaciones de Carga en Buques Petroleros”, a realizarse en el Centro de Instrucción “Almirante Graca Aranha (CIAGA), ciudad de Río de Janeiro - República Federativa del Brasil, del 21 de noviembre al 9 de diciembre de 2011; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje al exterior en Misión de Estudios de dos (2) Ofi ciales Superiores, para que participen en el Curso “Seguridad en Operaciones de Carga en Buques Petroleros”; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido Curso, responde a la política de capacitación y perfeccionamiento de Ofi ciales, orientada a la supervisión de actividades que se desarrollan en el ámbito marítimo para salvaguardar la seguridad de la vida humana en la mar, la prevención de la contaminación marina; o en su defecto, para la investigación de siniestros o sucesos marítimos; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 2: Entrenamiento/Técnico/Pasantías, Ítem 3, Anexo 2 (RDR), mediante Resolución Suprema Nº 385-2011-DE, de fecha 15 de setiembre de 2011, que modifi ca el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015- 2011-DE/SG, del 13 de enero 2011 y sus modifi catorias; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata SGC. José Antonio CHAVEZ Campodónico y del Capitán de Fragata SGC. Ricardo Renzo REBISSO Oblitas, para que participen en el mencionado Curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, para el nombramiento del mencionado Personal Naval, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata SGC. José Antonio CHAVEZ Campodónico, CIP. 02833670, DNI. 08183615 y del Capitán de Fragata SGC. Ricardo Renzo REBISSO Oblitas, CIP. 01811708, DNI. 01324804, para que participen en el Curso “Seguridad en Operaciones de Carga en Buques Petroleros”, a realizarse en el Centro de Instrucción “Almirante Graca Aranha (CIAGA), ciudad de Río de Janeiro - República Federativa del Brasil, del 21 de noviembre al 9 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los dispositivos vigentes: Pasajes: Lima – Río de Janeiro (BRASIL) – Lima US$ 1,540.42 x 2 personas (Incluye TUUA) Viáticos: US$. 200.00 x 2 personas x 19 días Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- Los mencionados Ofi ciales, deberán cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5º.- El Ofi cial Superior comisionado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 716955-5