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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de noviembre de 2011 453383 Que, se ha considerado pertinente dar por concluida las designaciones antes mencionadas, por lo que resulta necesario designar a los funcionarios que llevarán a cabo tales representaciones; De conformidad con el Reglamento del Consejo Nacional de Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2001-JUS, y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 002-2011-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de los señores Víctor Hugo Parra Puente y Julio Ernesto Salas Becerra, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Presidente del Consejo de Ministros ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a los señores Isabel Dolores Coral Cordero y Carlos José Gandolfo López de Romaña, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Presidente del Consejo de Ministros ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos. Artículo 3.- Las personas designadas en la presente resolución deberán cumplir con lo dispuesto por la Directiva Nº 006-2006-PCM/SG “Directiva para la Supervisión de la Participación de los Representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros en Órganos Colegiados”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 007-2006-PCM. Artículo 4.- Remitir una copia de la presente resolución a la Secretaría de Coordinación de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 716563-1 Acreditan al Gobierno Regional del Callao para la transferencia del Desembarcadero Pesquero Artesanal Callao RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 559-2011-PCM/SD Lima, 4 de noviembre de 2011 VISTOS: El Informe de Concordancia Nº 017-2011-PCM/SD- OTME, elaborado conforme al numeral 8.2 del capítulo VIII de la Directiva N° 001-2010-PCM/SD, aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007- 2010-PCM/SD; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 004-2009-PCM/SD, “Directiva para la Transferencia de Fondos, Programas, Proyectos, Empresas, Infraestructura y Otros Instrumentos asociados a las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales y Locales, y la utilización de la Delegación de Competencias entre niveles de gobierno, en el marco del Proceso de Descentralización”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 059-2009-PCM/SD, incorpora un nuevo enfoque para la transferencia de fondos, programas, proyectos, empresas, infraestructuras y otros instrumentos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, asociados a las funciones transferidas como instrumentos inherentes a las mismas, aprobándose un procedimiento simplifi cado de transferencia, sobre la base de Actas de Compromiso, a ser suscritos por las partes involucradas antes de que se inicie el proceso de transferencia respectivo; Que, la Sétima Disposición Complementaria de la mencionada Directiva, establece la facultad de los Sectores para proponer procedimientos y plazos específi cos que normarán y regularán la transferencia de los instrumentos asociados a las funciones transferidas, que se programen en los planes anuales de transferencia, a partir de los cuales la Secretaría de Descentralización aprobará las directivas específi cas que correspondan; Que, sobre la base de la mencionada Disposición, se expidió la Directiva Nº 001-2010-PCM/SD, “Directiva para la Transferencia de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales y Centros Acuícolas del Ministerio de la Producción a los Gobiernos Regionales, comprendidos en los Planes Anuales de Transferencia de los años 2006 al 2009”; aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2010-PCM/SD; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2011-PCM se establecen medidas para culminar las transferencias que se encuentren pendientes de transferir, en un plazo que no excederá los cuarenta y cinco días (45) calendario; Que, al haberse elaborado el Informe de Concordancia Nº 017-2011-PCM/SD-OTME, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.2 del capítulo VIII de la Directiva N° 001-2010-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización debe proceder a acreditar al Gobierno Regional del Callao, al haber sido declarado APTO para recibir la transferencia del Desembarcadero Pesquero Artesanal Callao; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nºs 27783, 27867, 28273 y; los Decretos Supremos Nº 021-2006-PCM, modificado mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, Nº 036-2007-PCM, 049-2008-PCM, 047-2009-PCM y N° 044-2011-PCM; y las Resoluciones de Secretaría de Descentralización N° 059-2009-PCM-SD y Nº 007-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditación para la transferencia del Desembarcadero Pesquero Artesanal Callao a favor del Gobierno Regional del Callao. El Gobierno Regional del Callao, declarado como APTO para la transferencia del activo programado en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondiente al año 2006, es ACREDITADO para la transferencia del Desembarcadero Pesquero Artesanal Callao, conforme se detalla en el Anexo de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización. Artículo 2º.- Notifi cación de la Acreditación La Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros notificara la presente Resolución al Ministerio de la Producción así como al Gobierno Regional del Callao, el cual a acreditado para la transferencia del Desembarcadero Pesquero Artesanal Callao que se señala en Anexo, para que procedan a la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, previstas en la etapa de efectivización de la transferencia, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2010-PCM/SD. Artículo 3º.- Publicación La presente Resolución Secretarial y su Anexo serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano y el Informe de Concordancia Nº 017-2011-PCM/SD-OTME deberá ser publicado en la página web de la Secretaría de Descentralización: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE Secretario de Descentralización ANEXO Nº ACTIVO GOBIERNO REGIONAL PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA 1 Desembarcadero Pesquero Artesanal Callao. CALLAO PAT 2006 716450-1