Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2011 (16/11/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

453396

NORMAS LEGALES
- MD-11 BASE DE OPERACIONES:

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de noviembre de 2011

Nº 288-2011-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 268-2011MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil los cuales forman parte integrante de la presente Resolucion Directoral; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronautica Civil de Estados Unidos de Norteamerica ha designado a MORDAZA AIR CARGO INC., para efectuar servicios de transporte aereo no regular internacional de carga; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA AIR CARGO INC., de conformidad con lo dispuesto en el "Acuerdo de Transporte Aereo entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamerica" suscrito el 10 de junio de 1998, aprobado mediante Decreto Supremo N° 03898-RE, Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional No Regular de carga por el plazo de cuatro (04) anos, contados a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el diario oficial "El Peruano", sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo No Regular de carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. ZONAS Y/O PUNTOS DE OPERACION: CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA MORDAZA DEL AIRE: - Desde cualquier punto de los Estados Unidos de Norteamerica hacia MORDAZA Y/O IQUITOS Y/O MORDAZA Y/O CHICLAYO Y/O MORDAZA Y/O TALARA Y VV. CON DERECHOS DE TRAFICO DE MORDAZA MORDAZA DEL AIRE: Desde puntos anteriores, puntos intermedios y/o mas alla: - VANCOUVER Y/O QUEBEC Y/U ONTARIO (CANADA) Y/O MEXICO DF Y/O CANCUN Y/O GUADALAJARA (MEXICO) Y/O BUENOS AIRES (ARGENTINA) Y/O LA PAZ Y/O MORDAZA MORDAZA (BOLIVIA) Y/O MANAOS Y/O RIO DE JANEIRO Y/O SAO MORDAZA Y/O FORTALEZA Y/O CURITIVA (BRASIL) Y/O MORDAZA DE MORDAZA (CHILE) Y/O BOGOTA Y/O CALI Y/O MEDELLIN (COLOMBIA) Y/O MORDAZA Y/O GUAYAQUIL Y/O MANTA Y/O LATACUNGA (ECUADOR) Y/O MORDAZA Y/O MORDAZA DEL ESTE (PARAGUAY), Y/O MONTEVIDEO (URUGUAY) Y/O CARACAS Y/O MARACAIBO Y/O MORDAZA (VENEZUELA) Y/O LA HABANA (CUBA) Y/O BAHAMAS Y/O BARBADOS Y/O SAN MORDAZA (COSTA RICA) Y/O GUATEMALA (GUATEMALA) Y/O SAN MORDAZA DE SULA (HONDURAS) Y/O JAMAICA Y/O MANAGUA (NICARAGUA) Y/O EL MORDAZA Y/O PUERTO MORDAZA (HAITI) Y/O PANAMA (PANAMA) Y/ O MORDAZA MORDAZA Y/O PUERTO PLATA (REPUBLICA DOMINICANA) Y/O PUERTO ESPANA (TRINIDAD Y TOBAGO) Y/O MORDAZA LUCIA. Pudiendo obviar punto o puntos asi como operarlos de acuerdo a requerimiento de trafico.

MATERIAL AERONAUTICO:

- Aeropuerto Internacional de Miami, Estados Unidos de America. Articulo 2°.- Las aeronaves autorizadas a MORDAZA AIR CARGO INC., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3°.- En relacion al Peru, la publicidad y la venta de servicios de transporte aereo que realice MORDAZA AIR CARGO INC. se efectuara de conformidad a lo establecido en el articulo 197º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo 4°.- MORDAZA AIR CARGO INC., debera presentar los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5°.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de MORDAZA AIR CARGO INC. : a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6°.- MORDAZA AIR CARGO INC., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7°.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9°.- MORDAZA AIR CARGO INC. debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto que establezca su Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- MORDAZA AIR CARGO INC. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11° - MORDAZA AIR CARGO INC. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12°.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a MORDAZA AIR CARGO INC., queda sujeto a la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de los estados Unidos de Norteamerica no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil

708972-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.