Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (29/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de noviembre de 2011 454054 Nº 181-MSS en la zona denominada “Huerta Las Animas”, ubicada entre las Avenidas Paseo de la República y Surco, así como, los Jirones Santo Cristo y San Juan, Distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- MODIFICAR la denominación de Pasaje Río Tambo a Jirón Río Tambo en el tramo comprendido entre la Avenida Paseo de La República y el Jirón San Juan. Artículo Tercero.- APROBAR el Plano Nº PV-01 “Plano de Propuesta Vial”, el mismo que proyecta el trazo vial del Jirón Santo Cristo (Tramo: Calle Río Nazca - Av. Paseo de la República), califi cado como Vía Local Preferencial, manteniendo su condición y sección vial normativa (LP-18) de 15.60 ml. aprobada con la Ordenanza Nº 181-MSS, y además, defi ne el trazo vial de las Vías Locales: Jirón Río Tambo (Tramo: Av. Paseo de la República - Jr. San Juan) y la Calle 1 (Tramo: Jr. Santo Cristo - Av. Surco); con las siguientes secciones viales: Jirón Río Tambo con sección vial de 9.00 ml. (Sección B-B). Calle 1 con sección vial de 12.00 ml. (Sección A-A). Artículo Cuarto.- APROBAR los Planos de Ubicación (U-01), de Zonifi cación Actual (ZA-01), de Situación Actual (SA-01) y de Afectaciones Viales (AV-01), y el Anexo I, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, realizar las modifi caciones necesarias al Plano del Sistema Vial Distrital y las secciones viales, de acuerdo a la modifi cación aprobada en los artículos precedentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, efectuar el control urbano necesario para cautelar el Derecho de Vía aprobado, denegando cualquier solicitud que se efectúe sobre las áreas afectadas. POR LO TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 722134-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA Amplían licencia otorgada a Alcalde de la Municipalidad y encargan a primer regidor el despacho de la Alcaldía ACUERDO DE CONCEJO N° 098-2011 Moyobamba, 23 de noviembre del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA VISTO: El Acta de Sesión Extraordinaria N° 006-2011, de fecha veintitrés de noviembre del dos mil once, la solicitud de ampliación de licencia sin goce de remuneraciones por motivos personales y/o particulares, presentada por el Señor Víctor Mardonio del Castillo Reátegui- Alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, por lo que el pleno lo somete a debate; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son Órganos de Gobierno, promotores del desarrollo local con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 097-2011 de fecha catorce de noviembre del dos mil once, se autorizó la licencia sin goce de haber, a favor del Sr. Víctor Mardonio del Castillo Reátegui - Alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, por el término de diez días, a partir del 19 al 28 de noviembre del 2011; Que, mediante el documento del visto, el Sr. Víctor Mardonio del Castillo Reátegui, solicita al pleno del concejo, la ampliación de su licencia sin goce de haber por motivos personales y/o particulares, hasta el 01 de diciembre del presente año; Que, el artículo 9º numeral 27) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal “aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores (…); Que, el artículo 24º de la acotada norma, señala que en caso de ausencia del Alcalde lo reemplazará el Teniente Alcalde que es el primer Regidor hábil que sigue en la propia lista electoral; Que, estando al informe legal favorable, en uso de las facultades conferidas por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado Peruano, señala que las Municipalidades, son Órganos de Gobierno Local, los mismos que tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y en concordancia con lo normado en los artículo 9 numeral 27, artículo 20º numeral 20, de la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal de Moyobamba, y con el voto en contra del señor regidor José Hermeregildo Ramírez Sempertegui, con dispensa de la aprobación y lectura del acta, el pleno acordó por MAYORÍA lo siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AMPLIAR la licencia sin goce de haber, a favor del Sr. Víctor Mardonio del Castillo Reátegui- Alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, por el término de tres días, a partir del 29 de noviembre al 01 de diciembre del 2011. Articulo Segundo.- ENCARGAR al primer Regidor hábil de la lista electa, Regidor Sr. Filiberto Mego Rodríguez, la atención del despacho de Alcaldía, a partir del 29 de noviembre al 01 de diciembre del 2011, con las mismas facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo. Artículo Tercero.- DISPONER que el presente acuerdo se publique en el Diario Ofi cial El Peruano de acuerdo a ley, y en el diario de mayor circulación de nuestra ciudad, y en la página web de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, y áreas pertinentes el cumplimiento del presente acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publíquese y cúmplase. FILIBERTO MEGO RODRÍGUEZ Teniente Alcalde 722015-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia de la “Enmienda Nº Seis al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú” USAID Nº 527-0423 Entrada en vigencia de la “Enmienda Nº Seis al Convenio de Donación entre los Estados Unidos de América y la República del Perú” USAID Nº 527-0423, suscrita el 26 de setiembre de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú, ratifi cada mediante Decreto Supremo Nº 128-2011-RE de 21 de noviembre de 2011, publicado el 22 de noviembre de 2011. Entró en vigencia el 22 de noviembre de 2011. 722187-1