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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (29/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de noviembre de 2011 454052 2011, señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestal de acuerdo a la cadena de gasto: Meta 0001, Rubro 08 Impuestos Municipales Partida Presupuestal: 2.3.2.1.1.1., Pasajes y gastos de transporte, Monto S/. 2,500.00 y la Partida Presupuestal: 2.3.2.1.1.2., Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio, Monto S/. 1,089.00; Que, con Informe N° 1402-2011-MDJM-GAJyRC de fecha 24 de octubre del 2011 la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil es de opinión se autorice por excepción el viaje al exterior del Alcalde al referido evento del 29 de noviembre al 02 de diciembre del 2011; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9 de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORÍZASE, por excepción, el viaje en representación y comisión de servicios del señor Luis Enrique Ocrospoma Pella, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Jesús María, a la Ciudad de Montevideo, Uruguay, del 29 de noviembre al 02 de diciembre del 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los costos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados con cargo a los recursos según se detalla en la parte considerativa del presente Acuerdo, ascendiendo a S/. 3,589.00 Artículo Tercero.- El Alcalde efectuará al Concejo Municipal un informe sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a favor de la Municipalidad Distrital de Jesús María, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y cúmplase ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 721796-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Prorrogan plazo de vigencia establecido en la Ordenanza Nº 463-MSB y sus modificatorias DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2011-MSB-A San Borja, 28 de noviembre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS, el Memorandum N° 1209-2011-MSB-GM de fecha 28 de noviembre de la Gerencia Municipal, el Informe N°72-2011-MSB-GR de fecha 23 de noviembre de 2011 de la Gerencia de Rentas y el Informe N° 187-2011-MSB-GR- URT de la Unidad de Recaudación Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en uso de las facultades otorgadas, el Concejo Municipal aprobó la Ordenanza N° 463-MSB, sobre Benefi cio de Regularización Tributaria y no tributaria a favor de los contribuyentes del distrito con vigencia al 30 de setiembre de 20011, modifi cada por fe de erratas publicada el 08 de setiembre de 2011 y Ordenanza N° 466-MSB publicada con fecha 20 de octubre de 2011; habiéndose prorrogado su plazo de vigencia sucesivamente mediante el Decreto de Alcaldía N° 006-2011-MSB-A de fecha 29 de setiembre de 2011 y Decreto de Alcaldía N° 007-2011-A de fecha 28 de octubre de 2011; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza N° 463-MSB, faculta al señor Alcalde para que eventualmente mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar su vigencia por un plazo determinado dentro del presente ejercicio fi scal, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal; Que, siendo política de la actual administración brindar las máximas facilidades a los vecinos del distrito a fi n que puedan regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias, se considera necesario establecer una prórroga al plazo establecido para la vigencia de la referida ordenanza de acuerdo a lo sustentado en la documentación del visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Organiza de Municipalidades - Ley Nº 27972. SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de diciembre de 2011 el plazo de vigencia establecido en el artículo 10° de la Ordenanza N° 463-MSB y sus modifi catorias. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y unidades dependientes en cuanto corresponda. Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gerencia de Imagen Institucional, su publicación en el Portal Web Institucional y Portal del Estado. Regístrese comuníquese, publíquese y cúmplase. ALBERTO VON DER HEYDE BIOSCA Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 722530-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban la Actualización del Plano del Sistema Vial Distrital en la zona denominada “Huerta Las Animas” ORDENANZA Nº 408-MSS Santiago de Surco, 18 de noviembre de 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y VISTO: El Dictamen Conjunto N° 022-2011-CDL-CAJ- MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 3913-2011-SG-MSS y Memorándum Nº 2025-2011-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 1122-2011-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Documento Nº 2115472011, los Informes Nros. 062-2011-CISS-APU, 449 y 582-2011-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, los Informes Nros. 060-2011-AVL, 495 y 710-2011-SGLAU- GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, el Informe Nº 103-2011-GNC-SGAV-GPV-MSS y el Memorándum Nº 841-2011-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, el Memorando Nº 290-2011- EDS-SGTSV-GSC-MSS de la Subgerencia de Tránsito y Seguridad Vial, el Informe Nº 47-2011-VYM/GDU-MSS y el Memorándum Nº 998-2011-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 1011-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, entre otros documentos,