TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de octubre de 2011 451431 reembolsable, serán aprobadas por resolución del Titular de la Entidad, debiéndose consignar la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; además, precisa que dicha resolución deberá ser publicada cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, en consecuencia, es necesario que por resolución ministerial se apruebe la donación dineraria ofrecida por la Comandancia de la Fuerza de Submarinos de los Estados Unidos de América, a la Marina de Guerra del Perú, y demás se publique, por tratarse de una suma superior a las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-DE; y la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar y aprobar la donación dineraria ofrecida por la Comandancia de la Fuerza de Submarinos de los Estados Unidos de América, a través del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de ese país, al Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, por un monto de US $ 615,000,00 (Seiscientos quince mil y 00/100 dólares americanos), a efecto de que sea destinada en apoyo al despliegue del submarino peruano en el entrenamiento SUBDIEX-2011. Artículo 2°.- Agradecer a la Comandancia de la Fuerza de Submarinos de los Estados Unidos de América; así como al Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de ese país, por su importante contribución. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa a que supervise que la donación dineraria aprobada sea empleada por la Marina de Guerra del Perú para el destino aludido en el artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 701490-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1013-2011-DE/MGP Lima, 7 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 231/MAAG/NAVSEC de fecha 6 de abril del 2011, el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace de conocimiento que la Comandancia de la Fuerza de Submarinos de los Estados Unidos de América (COMSUBFOR), tiene disponible la cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 265,000,00), a favor de la Marina de Guerra del Perú, para ser usados en el apoyo de Entrenamiento del Despliegue del Submarino Peruano – SUBDIEX, para el año 2011; Que, el Artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, cuando el monto de la donación supere las CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011- DE, de fecha 29 de marzo de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar y aprobar, la donación dineraria efectuada por la Comandancia de la Fuerza de Submarinos de los Estados Unidos de América a través del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de ese país a favor del Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, por un monto de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 265,000.00), para ser usados en el apoyo de Entrenamiento del Despliegue del Submarino Peruano – SUBDIEX, para el año 2011. Artículo 2°.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América y al Grupo Consultivo y de Ayuda Militar del citado país, por su importante contribución. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Viceministerio de Políticas para la Defensa, la supervisión de la ejecución de la donación dineraria de aprobación por parte de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 701490-4 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a favor de los gobiernos regionales de Cusco y de Apurímac, para financiar la contratación de docentes, auxiliares de educación y personal administrativo DECRETO SUPREMO N° 185-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 053-2011 se autorizó a los Gobiernos Regionales del Cusco y Apurímac a contratar docentes, auxiliares de educación y personal administrativo mediante contratos de naturaleza temporal hasta un total de 2,134 plazas, correspondiendo 1,611 plazas al Gobierno Regional del Cusco y 523 plazas al Gobierno Regional de Apurímac, conforme a la validación realizada por el Ministerio de Educación a través del Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 034-2011. Para tal efecto, los Gobiernos Regionales del Cusco y Apurímac, quedan exceptuados de lo dispuesto en el numeral 9.1 del Artículo 9º y del numeral 11.1 del Artículo 11º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, el numeral 2.1 del Artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 053-2011, dispone que la aplicación del referido dispositivo se fi nancia con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales del Cusco y Apurímac, pudiendo realizar las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que resulten necesarias con excepción del literal c) del numeral 41.1 del Artículo 41º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y, complementariamente con cargo a la transferencia de partidas del Ministerio de Educación, que se realice mediante Decreto Supremo, a propuesta del citado Ministerio. Para tal efecto, los Gobiernos Regionales del Cusco y Apurímac deberán requerir al Ministerio de Educación dicha transferencia, adjuntando para ello el informe del Jefe de la Ofi cina de Presupuesto del Pliego, o el que haga sus veces, en el que se demuestre que dichos Gobiernos Regionales no tienen capacidad de fi nanciamiento; Que, mediante el Ofi cio Nº 298-2011-GR.CUSCO/ GRPPAT el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Cusco, remitió el sustento sobre transferencia presupuestal para la contratación de docentes, auxiliares de educación y personal administrativo, solicitando fi nanciamiento para la contratación de 1,611 plazas conforme a la validación realizada por el Ministerio de Educación para la Región del Cusco; para cuyo efecto adjunta el Informe Nº 267-2011-DRE-C/DIGI/UFP, que sustenta la no existencia de recursos presupuestales para coberturar dichas plazas, por lo que se solicita el fi nanciamiento de hasta por la suma de SEIS MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 312 966,00); Que, mediante el Ofi cio Nº 242-2011-GRAP./09/GRPPAT el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Apurímac, remitió el sustento sobre transferencia presupuestal