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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de octubre de 2011 451725 en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, la cual se publicará en el Portal Institucional (www.senasa. gob.pe). Artículo 3º.- Para reducir signifi cativamente los niveles de incidencia en las zonas afectadas, así como para evitar el resurgimiento o brotes de mayor intensidad de la enfermedad en otras zonas, las medidas fi tosanitarias serán de cumplimiento obligatorio y de responsabilidad de las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, comprendidas en el ámbito geográfi co declarado en estado de emergencia, para lo cual se contará con el apoyo de las autoridades nacionales, regionales y locales, según corresponda, así como de la población en su conjunto, para revertir el estado de emergencia declarado. Artículo 4º.- El Estado de Emergencia Fitosanitaria en las Regiones de Loreto y San Martín tendrá una duración de seis (6) meses, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, pudiendo prorrogarse si la evaluación técnica fi nal elaborada por la Dirección de Sanidad Vegetal concluyera que la enfermedad aún no estuviera sometida a un adecuado manejo. Regístrese, comuníquese y publíquese OSCAR M. DOMINGUEZ FALCON Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 704324-1 DEFENSA Autorizan viaje de Oficiales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 487-2011 DE/CCFFAA Lima, 15 de octubre de 2011 Vista, la Carta Nº 34 /SCO./SCAI/CAE/EMCFAA- MD del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas del Brasil, de fecha 18 de agosto de 2011. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 2/EMCFA-MD de fecha 6 de junio de 2011, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Brasil, hace extensiva la invitación al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a los Ofi ciales integrantes de la delegación de las Fuerzas Armadas del Perú, para participar en la XVI Reunión de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Brasil y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, a realizarse en la ciudad de Brasilia – Brasil, del 1 al 5 de agosto de 2011; Que, con carta de fecha 15 de junio de 2011, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, comunicó que debido a las actividades programadas por el cambio de gobierno y tener que presentar el saludo de reconocimiento al señor Presidente Constitucional de la República del Perú como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas en una ceremonia que se realizará la primera semana del mes de agosto, situación que impidió la participación en la citada XVI Reunión de Conversaciones; en tal sentido, propuso como nueva fecha del 17 al 21 de octubre de 2011; Que, mediante Carta del Visto, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Brasil, manifi esta estar de acuerdo con el periodo antes propuesto, indicando el cronograma a desarrollarse durante dicho evento internacional; Que, de acuerdo con el Artículo 2º del Reglamento para las Reuniones de Conversaciones entre el Estado Mayor de Defensa del Brasil y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, la Delegación Ofi cial de las Fuerzas Armadas del Perú debe estar constituida por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Secretario General de las Rondas de Conversaciones y hasta CINCO (05) Ofi ciales Superiores de cada país; Que, es conveniente por ser interés del Estado asegurar la permanencia y continuidad de las Rondas de Conversaciones entre las Fuerzas Armadas de Brasil y Perú, teniendo por fi nalidad el fomento de la confi anza mutua y el desarrollo de una concepción de seguridad integral, dentro de un marco regional sudamericano, que propicie una estrecha amistad y creciente cooperación entre ambas naciones, en tal sentido es conveniente que Ofi ciales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, integrantes de la Delegación Peruana, participen en citada XVI Ronda de Conversaciones; Que, el referido viaje al exterior se encuentra incluido en el Rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, Item 42 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado por Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011, modifi cada por Resolución Suprema Nº 135-2011- DE de fecha 12 de abril de 2011; Que, la presente autorización de viaje considera un día adicional al previsto en el antes citado Plan Anual de Comisiones; tiempo que se autoriza para efecto de traslado de los Ofi ciales Comisionados a la sede del evento y su retorno al país, pero que no generará mayor gasto al aprobado en dicho Plan Anual de Comisiones, con expresa aceptación de los participantes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29605 -Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29626 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 - Normas reglamentarias sobre las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004/ DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y, Estando a lo acordado con el Señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a los Ofi ciales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, para participar en la XVI Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Brasil y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, a realizase en la ciudad de Brasilia – Brasil, del 17 al 21 de octubre de 2011: - General de Ejército Luis Ricardo HOWELL Ballena - General de Brigada Jaime ARAUJO Olazábal - Mayor General FAP Cesar TORRES Vega - Contralmirante Héctor RIOLO De La Oliva - Teniente Coronel EP Efraín PANTIGOSO Málaga Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan para el personal designado, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: (Lima – Brasilia (Brasil)-Lima) US$. 923.72x 5 Ofi ciales (Incluye TUUA) US$. 4.618,60 Viáticos: US$. 200.00 x 04 días x 5 Ofi ciales US$. 4.000,00 Total: US$. 8.618,60 Artículo 3°.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Personal Militar comisionado mediante la presente Resolución, deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM respecto a la obligación de sustentar viáticos; asimismo,